¿Deudas dentro del matrimonio? Las parejas se casan casi siempre bajo la sociedad de gananciales. Por ello, lo que ganan los esposos va para la familia. Sin embargo, las deudas contraídas por uno o ambos cónyuges para solventar los gastos del hogar y de los propios esposos también se comparten y serán canceladas con los bienes de la sociedad conyugal .
El problema surge cuando los bienes del matrimonio son insuficientes para pagar una deuda. Ejemplo: si se debe la pensión del colegio de los hijos, el agua o la luz, ella es cancelada con los bienes de la pareja y, de no alcanzar, con los de cada esposo (un inmueble heredado o un bien adquirido antes del matrimonio).
Aunque las deudas de uno de los cónyuges que no benefician a la familia deben ser costeadas con los bienes propios del deudor, las tarjetas de crédito son un dolor de cabeza porque la ley presume que los gastos de consumo a través de ellas son para la sociedad conyugal y se cargan a ambos esposos.
SOLUCIONES
Cuando la pareja no tiene adecuado control en el uso de las tarjetas de crédito, aconseja la doctora Rosario Sasieta, es mejor separar patrimonios para que cada cónyuge responda por sus deudas con sus propios bienes.
TRÁMITE
Se puede gestionar la separación de patrimonios antes, durante o después de celebrarse el matrimonio. Se hace una escritura pública que se deriva a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Una vez efectuado el registro, cada cónyuge conserva la propiedad, administración y disposición de sus bienes presentes y futuros.
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