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Coronavirus en Perú: ¿Por qué Vizcarra dispuso el cierre de fronteras durante Estado de Emergencia?

El mandatario señaló que restringirá el transporte de pasajeros por vía terrestre, marítima y aérea durante 15 días para evitar el incremento de casos del COVID-19

en Mensaje a la Nación, en la que también se cerrarán durante 15 días las fronteras del país y se restringirá el transporte de pasajeros por vía terrestre, marítima y aérea, como medida para frenar el avance del coronavirus (COVID-19), que en nuestro país ya suman 71 los casos.

“Durante el Estado de Emergencia se dispone el cierre total de las fronteras, en virtud de lo cual queda suspendido el transporte internacional de pasajeros por medio terrestre, aéreo, marítimo y fluvial. El transporte de carga y mercancía no se encuentra comprendido en ello”, afirmó Vizcarra esta noche.

El mandatario remarcó que estas medidas, que incluye el aislamiento social obligatorio, son necesarias para evitar la propagación del coronavirus, ya que, hasta el momento, hay 71 casos confirmados y también es una medida extrema debido a que miles de peruanos no acataron la ‘cuarentena’ de ‘aislamiento social’ voluntario.

“La adopción de estas medidas no significa que dejarán de aumentar los casos de afectados, pero tenemos que tomar la decisión para que en este periodo de 15 días comiencen a disminuir los casos. Si no tomamos esas medidas, el ascenso sería constante y permanente”, señaló el mandatario.

¿QUIÉNES PODRÁN TRANSITAR DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA?

las personas para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales como, adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público. Medidas que se tomar para evitar la propagación del coronavirus.

Asimismo, aquellas encargadas de la adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad; los que den asistencia a centros de servicios y establecimientos de salud, así como en los centros de diagnósticos en caso de emergencia; así como permitirles el retorno a sus lugares de residencia habitual. Debido a que sus profesiones son vitales en medio de la pandemia del coronavirus.

Del mismo modo, podrán circular aquellas personas que brinden asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes dependientes, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad.

También aquellos trabajadores de entidades financieras, seguros y pensiones, así como los que brinden servicios complementarios y conexos que aseguren su adecuado funcionamiento; así como los de producción y almacenamiento y venta de combustible; medios de comunicación y centrales de atención de emergencia.

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Mensaje a la nación de Martín Vizcarra sobre el estado de emergencia

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