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Iglesia católica prohíbe esparcir las cenizas de los difuntos o guardarlas en casa

Para la Iglesia, la conservación de las cenizas en un lugar sagrado ayuda a reducir el riesgo de que los familiares se olviden de la oración y del recuerdo del difunto.

La Iglesia católica ha prohibido desde este martes que las cenizas de los difuntos sean conservadas en casa o esparcirlas al agua, aire o tierra, según un nuevo documento aprobado por el .

La Doctrina de la Fe ha redactado un nuevo documento con el nombre de Instrucción Ad resurgendum cum Christo que pone orden ante las nuevas prácticas tanto de sepultura como de cremación consideradas "en desacuerdo con la fe de la Iglesia".

En el documento se explica que aunque la Iglesia sigue prefiriendo la sepultura de los cuerpos, se acepta la cremación pero se prohíbe esparcir las cenizas, dividirlas entre familiares o conservarlas en casa.

"Para evitar cualquier malentendido panteísta, naturalista o nihilista, no será permitida la dispersión de las cenizas en el aire, en la tierra o en el agua o en cualquier otra forma, o la conversión de las cenizas en recuerdos conmemorativos, en piezas de joyería o en otros artículos", se lee en el documento.

Además, se advierte que "en el caso de que el difunto hubiera dispuesto la cremación y la dispersión de sus cenizas en la naturaleza por razones contrarias a la fe cristiana, se le han de negar las exequias".

Aunque después se especificó que la negación del funeral será sólo si el difunto ha manifestado en sus últimas voluntades el deseo de esparcir las cenizas con expreso rechazo de las prácticas de la fe cristiana.

El ex Santo Oficio agrega además que la conservación de las cenizas en el hogar está permitida "sólo en casos de graves y excepcionales circunstancias", y cuando una persona lo pida "por piedad o cercanía".

Para la Iglesia, la conservación de las cenizas en un lugar sagrado puede ayudar a reducir el riesgo de que los familiares se olviden de la oración y del recuerdo del difunto.

Por ello, las cenizas del difunto, "deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente".

(Con información de EFE)

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