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Referéndum 2018: ¿Dónde puedo pagar las multas por no votar y no cumplir con ser miembro de mesa? ¡Aquí te lo decimos!

Conoce en esta nota el lugar y el monto de las multas que debes pagar por no votar y ser miembro de mesa.
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Multas por no votar en Elecciones 2018

Se viene el , este domingo 9 de diciembre y millones de peruanos acudirán a las urnas para decidir sobre las cuatro reformas constitucionales y elegir a sus autoridades provinciales y regionales en segunda vuelta de las . Sin embargo, hay quienes no podrán ejercer su deber por no encontrarse en el país o por alguna u otra circunstancia que le impedirán votar este fin de semana, por lo que tendrán que pagar sus respectivas multas.

El voto es obligatorio para todos los ciudadanos peruanos residentes, a partir de los 18 años, en los distritos donde se llevarán a cabo este proceso electoral. Para los mayores de 70 años, el voto es facultativo. Por ello, la multa electoral por no votar varía de acuerdo al nivel de pobreza del distrito que figura en su D.N.I.

Distrito considerado No pobre: S/83
Distrito considerado Pobre no extremo: S/41.50
Distrito considerado Pobre extremo: S/20.75

Pero si eres miembro de mesa y no acudiste a cumplir tu deber, deberás pagar 207 soles.

¿DÓNDE PAGAR LA MULTA ELECTORAL?

Los pagos de multas electorales se podrá realizar en cualquier oficina del Banco de la Nación. Al ser cancelada, en el mismo lugar le colocarán el holograma de votación en su DNI.

En caso de tener la intención de pedir una dispensa, el ciudadano deberá acudir al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y presentar un escrito en el que detalla las razones por las que ni pudo acudir a votar o cumplir con su función de miembro de mesa en el Referéndum 2018. Si este consigue la dispensa, el JNE le colocará el holograma en el DNI y luego acudir a la ONPE para que lo borren de la lista de omisos.

¿QUÉ PASA SI NO PAGO MIS MULTAS ELECTORALES?

Si no pagas tu multa electoral, el JNE puede iniciar un proceso de cobranza coactiva, en donde pueden embargar tus cuentas bancarias y otros. Primero recibirás una notificación al domicilio que está registrado en tu DNI. A partir de la fecha de notificación, tendrás 15 días hábiles para interponer recursos administrativos o pagar la multa electoral.

Si no pagaste la multa electoral pasados los quince días, una notificación de cobranza coactiva se te enviará al domicilio que está registrado en tu DNI.

Una vez notificada la resolución de ejecución coactiva, deberás cancelar la deuda en el plazo de siete (7) días hábiles. Terminado dicho plazo, el ejecutor podrá ordenar las medidas y embargar tus cuentas bancarias y otros.

Además, de no pagar tu multa electoral no podrás realizar los siguientes trámites:

¿Cómo saber si tengo alguna multa electoral por pagar? Solo debemos ingresar a este enlace o llamar al teléfono 417-0630. Las multas por no votar anteriores a agosto de 2006 fueron perdonadas por Ley N° 28859.

Consulta aquí si mantienes multas electorales:

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