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DNI vencido: hasta cuándo puedo renovarlo y qué pasa si no lo hago

El 31 de agosto vence la prórroga que extiende la vigencia de los DNI vencidos, pero ¿se extenderá el plazo como ha sucedido con los brevetes? Entérese aquí.

A finales de junio, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil () extendió –por tercera vez– el plazo para que quien tenga su vencido lo pueda usar sin problemas hasta el 31 de agosto y –durante ese lapso de tiempo– pueda tramitar un nuevo documento.

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Si bien, faltando escasos días para que dicho plazo se cumpla, el Reniec no ha confirmado si la vigencia de los DNI vencidos se extenderá por más tiempo, resulta probable que con la ampliación del estado de emergencia sanitaria hasta marzo del 2022 ante la posibilidad de una tercera ola, sí se vuelva a extender la vigencia de los DNI.

¿Por qué razón? Según ha señalado la propia entidad registral, la reducción del aforo de las oficinas de atención al público, las medidas de distanciamiento social, el cuidado de sus servidores ante la pandemia y el riesgo de contagio, “han generado una reducción de la capacidad operativa de atención”, mientras que la demanda de los ciudadanos continúa al alza.

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En ese sentido y de mantenerse las restricciones –en línea con lo que manda la extensión del estado de emergencia sanitaria–, la vigencia de los DNI vencidos volvería a prorrogarse.

¿Hasta cuándo? Recientemente, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) amplió la vigencia de las licencias de conducir vencidas de las clases A y B (en todas sus categorías) hasta el 31 de diciembre próximo, por lo que los conductores con brevete vencido podrás seguir manejando sus autos particulares, taxis, custers, ómnibus, camiones y motocicletas.

Si como señala la , esta medida busca evitar aglomeraciones y riesgos de contagio durante el proceso de revalidación de brevetes, resulta probable que el mismo argumento se aplique para la ampliación de la vigencia de los DNI vencidos.

IMPEDIMENTOS POR TENER EL DNI VENCIDO

Tomando en cuenta que la prórroga de los DNI vencidos se adoptó, según había explicado el Reniec, para que los ciudadanos con el DNI caduco no tengan dificultades al realizar actos o trámites civiles, comerciales, administrativos, judiciales o policiales, ¿qué podría pasará a partir del 31 de agosto si no se amplía el plazo?, ¿qué tipo de trámites ya no podrán realizarse con el DNI vencido?

Considerando que el DNI es un documento público, personal, intransferible, de uso obligatorio y constituye la única cédula de identidad personal para todos los efectos civiles, comerciales, administrativos, policiales, judiciales y, en general, para todos los casos en los que por mandato legal deba ser presentado; su vencimiento podría limitar la identificación de las personas y su acceso a estos actos.

De esta manera, no podrá realizar trámites en las municipalidades, no podrá firmar contratos, no podrá obtener una copia certificada de una partida ni tampoco podrá continuar con el trámite de su divorcio.

Además, en los bancos o entidades financieras quedará impedido de realizar cualquier transacción en la que le soliciten su DNI porque solo se efectúan con el documento vigente. En ese sentido, y de ser el caso, no podrá renovar sus tarjetas vencidas, no podrá cobrar los bonos que haya entregado el Estado para hacer frente a las dificultades económicas como consecuencia del estado de emergencia sanitaria, y tampoco podrá efectuar compras con sus tarjetas de crédito.

Esto a pesar de que el Decreto Legislativo N° 1246, publicado en el 2016, estipula que tener el DNI vencido no constituye una traba para cuando los ciudadanos tengan que acreditar su identidad. Pero, finalmente queda al criterio de cada entidad que los trámites (civiles, comerciales, administrativos, notariales, registrales, judiciales y policiales) se lleguen a realizar.

¿CÓMO RENUEVO MI DNI?

De no extenderse el plazo de vigencia, debe saber que puede renovar su DNI a través de dos vías: de manera presencial o haciendo uso de la que el Reniec tiene habilitada.

Para hacerlo presencialmente, además de acudir a cualquiera de las oficinas o agencias registrales que el Reniec tiene a nivel nacional, también puede hacerlo en cualquiera de los siete Centros Mejor Atención al Ciudadano (Centros MAC) que existen en la capital. Pero debido a que tanto en el Reniec como en los Centros MAC, la atención es previa cita, deberá agendarla previamente.

Si lo hará en Reniec, deberá reservar su cita mediante el creado por la entidad registral. Pero, previamente deberá de haber realizado el pago de la tasa que corresponde para realizar el trámite. Después de ingresar su número de DNI, deberá validar su primer apellido y luego tendrá que completar el formulario con su correo electrónico y su número de celular.

Después de confirmar los datos solicitados, podrá agendar su cita seleccionando el tipo de trámite que realizará (en este caso renovación de DNI) y la ubicación de la agencia a la que acudirá.

Y si opta por un Centro MAC, deberá agendar una cita a través de su . Ahí deberá seleccionar la ubicación del Centro MAC al que acudirá y completar el formulario con los datos que le soliciten. El día de su cita, junto con su voucher de pago, podrá realizar el trámite para la renovación de su DNI.

El trámite para la renovación del DNI puede hacerse a través de la plataforma generada por el Reniec (Imagen: Reniec)

RENOVACIÓN VÍA ‘ONLINE’

En caso haya decidido realizar el trámite a través de la , después de aceptar los términos y condiciones podrá realizar el trámite. Pero, primero deberá validar sus datos personales: número DNI, fecha y lugar de nacimiento y nombre de sus padres.

Una vez que ha validado sus datos, podrá empezar con el trámite de renovación, aunque previamente –como señalan en el Reniec– deberá autenticarse y tomarse una fotografía para su trámite a través del . Para obtener este aplicativo podrá hacerlo desde cualquier ‘smartphone’ con sistema operativo Android o a través de una computadora o laptop con navegador Google Chrome.

Culminado el trámite, podrá escoger la oficina en la que desee recoger su nuevo DNI y en su correo electrónico le llegará un reporte del trámite que realizó. Si desea verificar el estado su trámite podrá hacerlo a través del servicio de del Reniec.

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