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Alberto Fujimori reclama pensión vitalicia y exoficial mayor del Congreso afirma que no le corresponde | VIDEO

César Delgado-Guembes explicó que el beneficio de pensión vitalicia es para todos los expresidentes excepto aquellos acusados constitucionalmente o haber recibido condenas del Poder Judicial
Alberto Fujimori exige pensión vitalicia de 15 mil 600 soles, asistente y gasolina.

Una nueva polémica gira entorno al expresidente tras solicitar al Estado peruano su supuesto derecho a la pensión vitalicia de 15 mil 600 soles que corresponde a los exmandatarios; sin embargo, el exoficial mayor del Congreso, César Delgado-Guembes, explicó las razones por las cuales no le corresponde este beneficio.

Fujimori solicita pensión y otros beneficios
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“La ley 26519, si bien reconoce la pensión vitalicia para los presidentes, también contempla las excepciones. La norma dice que una de las excepciones es que no corresponderá la pensión vitalicia a los presidentes de la República que hubieran pasado por un trámite de acusación constitucional y eventualmente que hubieran sido condenados por el Poder Judicial. Por tal motivo, no le correspondería al señor Fujimori”, precisó Delgado-Guembes a Latina Noticias.

La Ley 26519, aprobada en 1995, establece que los presidentes de la República tienen derecho a una pensión vitalicia. Sin embargo, hay excepciones como en casos de acusación constitucional y condena judicial por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones.

“Es cierto que el señor Fujimori ha recibido el indulto que recientemente ha quedado prácticamente convalidado con las recientes acciones judiciales. Sin embargo, hay que distinguir entre el indulto y la amnistía. La amnistía supone el olvido total, el perdón y el olvido total del delito cometido a diferencia del indulto; en el indulto no se olvida el delito cometido. Por lo tanto, en el caso del señor Fujimori el delito no ha sido eliminado, existe la condena y habiendo sido condenado no le correspondería los beneficios de la ley 26519″, detalló.

Agregó que el órgano competente para decidir sobre esta materia es la Mesa Directiva del Congreso. Para ello, la Mesa Directiva puede solicitar opinión a los órganos del servicio parlamentario, pero también puede hacerlo a la Comisión de Constitución, la cual tiene que emitir su opinión consultiva en relación con las normas vigentes.

Alberto Fujimori presentó formalmente su solicitud al Congreso, amparándose en el acuerdo de Mesa 078-2016-2017/MESA-CR, mediante tres oficios firmados tanto por él como por su abogado, Elio Riera, en el que además de pensión vitalicia, solicita el pago de un asistente y el pago de gastos por combustible.

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