Economía

Multas de hasta S/ 8,600 para farmacias que no informen precios de medicamentos contra el coronavirus

La sanción económica también podrá aplicarse en caso los establecimientos farmacéuticos no informen sobre el stock disponible de bienes esenciales para el tratamiento del COVID-19.

Las farmacias o boticas que no informen sobre el precio de los medicamentos usados para el tratamiento del COVID-19 podrán ser multados con hasta S/ 8,600, según publicado este viernes.

La norma de hoy incorpora dos nuevas sanciones al Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 059-2020 que busca garantizar el acceso a medicamentos para el tratamiento del coronavirus.

Las farmacias y boticas serán sancionadas con una UIT (S/ 4,300) en caso de que incumplan por primera vez con no suministrar a la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) sobre los datos del stock disponible de los medicamentos. Si se incumple por segunda vez o más, se aumentará la sanción a 2 UIT (S/ 8,600).

Del mismo modo, se cometerá la infracción en caso no se suministre a la ANM la información sobre los precios de venta de los productos contra el COVID-19. Las multas podrán ser de 1 UIT o 2 UIT, dependiendo de si se trata de la primera o segunda vez que se incurre en la mala práctica.

InfracciónFarmacia o BoticaFarmacia de los establecimientos de saludBotiquínDrogueríaAlmacén especializadoLaboratorioNo farmacéutico
Por no suministrar a la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) sobre los datos del stock disponible de medicamentos para tratar el COVID-191 UIT (al incumplir por primera vez). 2 UIT (al incumplir por segunda vez o en lo sucesivo).Establecimiento privado: 1 UIT (al incumplir por primera vez). 2 UIT(al incumplir por segunda vez o en lo sucesivo).
Establecimiento público: 0.5 UIT (al incumplir por primera vez). 1 UIT(al incumplir por segunda vez o en lo sucesivo).
NA4 UIT (S/ 17,200)NA4 UIT (S/ 17,200)NA
Por no suministrar a la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) sobre los precios de venta de los medicamentos para tratar el COVID-19Farmacia-Botica/Remype 0.5 UIT o S/ 2,150 (al incumplir por primera vez). 1 UIT (al incumplir por segunda vez o en lo sucesivo).Establecimiento privado: 1 UIT(al incumplir por primera vez). 2 UIT(al incumplir por segunda vez o en lo sucesivo)
Establecimiento público: 0.5 (al incumplir por primera vez). 1 UIT (al incumplir por segunda vez o en lo sucesivo)
NA4 UIT (S/ 17,200)NA4 UIT (S/ 17,200)NA

El decreto supremo publicado este viernes y las medidas que contiene entrarán en vigencia a partir del sábado 8 de agosto.

El documento lleva las firmas del presidente de la República, Martín Vizcarra; de la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva, y de la ministra de Salud, Pilar Mazzetti.

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