Cerca de la medianoche del 4 de abril, el presidente de la República, Pedro Castillo, anunció el estado de inamovilidad social obligatoria de todas las personas en sus domicilios en Lima y Callao, debido a las protestas por el alza del precio de los combustibles, que ha recaído en la economía de los hogares. Pero, ¿de qué se trató esta medida y hasta cuándo duró?
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Mediante el Decreto Supremo 034-2022-PCM, publicado en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el Gobierno decretó el estado de emergencia suspendiendo los derechos constitucionales relativos a la libertad y a la seguridad personal, la inviolabilidad del domicilio y libertad de reuniones en la provincia de Lima y Callao, explicó en Mandatario en un corto mensaje a La Nación.
Las calles de Lima amanecieron, en su mayoría, solitarias, aunque muchas personas trataron de hacer malabares para llegar a su destino, pese a la presencia de militares y policías para mantener el orden interno.
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¿HASTA CUÁNDO SE APLICÓ LA INAMOVILIDAD EN LIMA Y CALLAO?
Dentro del Estado de Emergencia se aprobó declarar la inamovilidad ciudadana desde las 02:00 horas, hasta las 23:59 horas del martes 5 de abril para resguardar los derechos fundamentales de todas las personas. Sin embargo, pasadas las 5 de la tarde, el Mandatario anunció que dejaba sin efecto la medida. No obstante, tras una reunión del Ejecutivo con el Legislativo, el mandatario levantó la medida a las 17:00 horas del mismo día. Eso sí, el decreto que anulaba la medida nunca fue publicada oficialmente.
¿POR QUÉ SE DECIDIÓ LA INAMOVILIZACIÓN EN LIMA Y CALLAO?
El presidente del Perú, Pedro Castillo, indicó que la inamovilidad se adoptó con el fin de resguardar los derechos fundamentales de todas las personas ante los bloqueos, protestas y saqueos, entre otros hechos violentos. El objetivo, añadió, es “restablecer la paz y el orden interno”.
¿QUÉ LIBERTADES SE SUSPENDEN CON EL ESTADO DE EMERGENCIA?
El Estado de Emergencia en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao indica que quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
¿QUÉ ESTÁ PERMITIDO DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA?
Estas actividades están permitidas durante el Estado de Emergencia:
- Se permite la prestación de servicios de salud y medicinas.
- Farmacias y boticas puedan brindar atención.
- Se mantiene la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas.
- Recojo de residuos sólidos.
- Servicios funerarios.
- Se permite el transporte de carga y mercancías y actividades conexas.
- Medios de comunicación: el personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación. La autorización también es para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.
- Vehículos particulares y peatones: se permite el desplazamiento en auto o peatonal de las personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como, para la adquisición de medicamentos.
- Trabajo: los trabajadores del sector público y privado realizan solo trabajo remoto.
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¿QUÉ PASA CON LOS MERCADOS?
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero, aseguró que los servicios esenciales continuarán funcionando en Lima y Callao durante la inamovilidad ciudadana. En declaraciones a RPP indicó que la población también podrá abastecerse de productos de la canasta básica, pues los mercados y centros de abastos estarán funcionando.
¿FUNCIONAN LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE?
Las rutas del transporte público de Lima Metropolitana y el Callao, así como los servicios concesionados del Metropolitano y Corredores Complementarios, ni prestarán servicio durante el estado de inamovilidad, informó la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) para Lima y Callao. En tanto, el Metro de Lima solo atendió unas horas.
Taxis
En el caso de los taxis, así como del transporte especial escolar, turístico y de trabajadores, estos tampoco podrán prestar servicio en el lapso de la inmovilización social obligatoria dispuesta.
Aeropuerto
En tanto, en el aeropuerto Internacional Jorge Chávez indicaron que mantiene su programación, pero recomendó comunicarse con las aerolíneas para confirmar sus vuelos.
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