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Cuáles son los requisitos para pedir la exoneración o rebaja del pago del Impuesto predial

Conoce más sobre este impuesto y cómo se puede pagar menos.
Conoce más sobre este pago de impuesto (Foto: GEC)

Iniciando el año, de seguro, ya debe estar llegando a tu los sobres con los talonarios o cuponeras de la municipalidad donde vives, indicando cuándo debes pagar este año el Impuesto Predial y los arbitrios.

El gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Álvaro Gálvez, en declaraciones a la agencia , explicó en qué casos se pueden obtener descuentos y hasta cómo se puede ser exonerado del pago de este tributo al inmueble. En esta nota te contamos cuál es el requisito indispensable que se debe cumplir y en qué escenarios esto es posible.

¿QUÉ ES EL IMPUESTO PREDIAL?

Es el impuesto cuya recaudación, administración y fiscalización corresponde a la Municipalidad Distrital donde se ubica el predio. El Impuesto Predial grava el valor de los inmuebles urbanos y rústicos en base a su autovalúo, el cual se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción aprobados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento todos los años.

¿QUIÉNES DEBEN PAGAR EL IMPUESTO PREDIAL?

Todos los propietarios de los predios, sean personas naturales o jurídicas, están obligadas a realizar este pago anual hasta febrero de cada año, o también puede ser fraccionado en cuatro partes (febrero, mayo, agosto y noviembre).

El impuesto predial se paga ante el municipio (Foto: Andina)

¿CÓMO SE CALCULA EL IMPUESTO PREDIAL?

Impuesto Predial se calcula mediante una escala progresiva acumulativa, considerando el valor del autovalúo dividido en Unidades Impositivas Tributarias (UIT):

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER A LOS DESCUENTOS Y EXONERACIONES DEL IMPUESTO PREDIAL?

Para verse beneficiados con la disminución o exoneración del Impuesto Predial el fundamental ser mayor de de 60 años y se propietario del inmueble. A continuación, los requisitos:

¿CÓMO SE PUEDEN OBTENER DESCUENTOS O EXONERACIONES EN EL IMPUESTO PREDIAL?

El gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Álvaro Gálvez, en declaraciones a la Agencia Andina, explicó que para acceder al descuento o exoneración del Impuesto Predial, se tiene que deducir un monto equivalente a 50 UIT (S/247,500) del valor de su autovalúo. Estos son los dos escenarios:

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