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Clases escolares: los únicos cobros que pueden hacer los colegios privados

Una funcionaria de Indecopi brindó detalles y recomendaciones para los padres de familia.
COLEGIO SANTA ROSA EN VILLA MARIA DEL TRIUNFO

Las iniciarán durante el mes de marzo a nivel nacional y los padres de familia ya vienen realizando los trámites correspondientes para matricular a sus hijos en los distintos colegios. Pero en el caso de las instituciones privadas existen algunos cobros que se efectúan. Por ello, aquí te contamos cuáles son y cómo se deben pagar.

El Ministerio de Educación (Minedu) dio a conocer el cronograma del inicio de clases escolares correspondiente al año 2023. En ese sentido, se indicó que todos los alumnos volverán a las aulas el próximo 13 de marzo.

Para esta fecha se tiene programado que los colegios estatales y particulares inicien las labores respectivas. Pero cuando se habla del tema de los cobros hay que tener en cuenta que en las instituciones privadas se paga una pensión mensual a comparación de las nacionales.

En ese sentido, Rosa Morán, funcionaria de la dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), brindó una entrevista a donde precisó cuáles son los únicos cobros que pueden realizar los colegios privados.

Colegios de Lima. (Foto: GEC)

¿QUÉ COBROS SÍ PUEDEN REALIZAR LOS COLEGIOS PRIVADOS?

La especialista brindó detalles muy importantes respecto a los únicos cobros que pueden realizar los colegios privados. Esto son:

¿SE PUEDEN REALIZAR OTROS COBROS?

La funcionaria de Indecopi resaltó que únicamente están permitidos estos tres pagos. “Cualquier otro tipo de cobro en el que quieran forzar al consumidor a incurrir está prohibido”, anotó.

Colegios particulares. (Foto: GEC)

RECOMENDACIONES PARA LOS PADRES DE FAMILIA

Durante la entrevista con Andina, Rosa Morán también dio algunas recomendaciones para los padres de los estudiantes de escuelas privadas.

En ese sentido, sostuvo que se debe solicitar toda la información necesaria sobre las condiciones del servicio, cómo son las modalidades de pago de las pensiones, así como pedir boletines informativos.

¿SI NO SE CUMPLE ESTO EXISTE ALGUNA SANCIÓN?

Morán aseguró que los colegios privados que no cumplan con esta medida serán sancionados con un pago de hasta 450 Unidades Impositivas Tributarias (UIT); es decir, que podrían superar los dos millones de soles.

Estudiantes de los colegios de Lima. (Foto; GEC)

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