SE TIRAN LA PELOTA. El Poder Judicial comunicó que no resulta su competencia el informar al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) o a la Policía Nacional (PNP) sobre cada regla de conducta de cualquier procesado, en alusión a las visitas que recibe en el penal Barbadillo Pedro Castillo de su sobrino Gian Marco Castillo Gómez y de su exasesor Henry Shimabukuro.
A través de un comunicado, dicho poder del Estado señaló que ante el incumplimiento de dichas reglas de conducta, en todo caso sería el Ministerio Público la entidad que debe accionar en esos casos.
“Si el Ministerio Público considera pertinente extender los alcances de las restricciones impuestas al imputado Castillo Gómez respecto de personas ajenas a su propio proceso, deberá fundamentar debidamente su solicitud para que, en la audiencia respectiva, el juez de la causa resuelva lo pertinente y recién oficie a las instituciones vinculadas al pedido realizado”, subrayó.
En ese sentido, indicó que a diferencia de las comunicaciones sobre prisiones preventivas, órdenes de libertad u otros similares, no se advierte la existencia de alguna norma autoritativa que disponga a los órganos de justicia para que oficien a instituciones públicas o privadas a fin de que monitoreen el cumplimiento de las reglas de conducta aplicadas a cada procesado.
Finalmente, el Poder Judicial indicó que la medida de comparecencia con restricciones con reglas de conducta impuestas a Castillo Gómez fue debatida en audiencia pública, impuesta y notificada por ley al procesado a través de su abogado, así como a la Fiscalía y a sus coinvestigados.
“Al respecto, el cumplimiento de las reglas de conducta es de estricta responsabilidad de cada procesado y, ante su incumplimiento, el Ministerio Público está habilitado por el Código Procesal Penal a promover su revocatoria (numeral 3 del artículo 287)”, acotó.
Horas antes, tras los reportajes emitidos por ‘Cuarto poder’ y la Unidad de Investigación de Canal N en los que se revelaron las visitas que recibió el expresidente Pedro Castillo en el penal de Barbadillo por parte de su sobrino Gian Marco Castillo Gómez, pese a tener un impedimento legal, el INPE informó que se varió esta situación y se le restringió el acceso, no sin antes señalar que no fueron oportunamente informados por el Poder Judicial.
“Un familiar del interno que no debió ingresar al penal lo ha estado visitando cuando tenía restricciones porque el Poder Judicial no nos informó de estas restricciones. Hemos hecho gestiones al enterarnos de ciertas visitas y se ha impedido que ingresen al penal por mandato judicial”, indicó Javier Llaque, jefe del INPE, en declaraciones a Canal N.
En tal sentido, el titular del organismo penitenciario instó al Poder Judicial a informar oportunamente de otros casos similares de personas con impedimentos judiciales para visitar a Pedro Castillo en prisión. “Nada les cuesta mandar un oficio y decir quiénes son”, agregó.
Como se recuerda, Gian Marco Castillo Gómez es procesado por el Caso Puente Tarata III o Caso Provías. En mayo del 2022 se revocó la orden de prisión preventiva en su contra, tras levantarse el pedido de captura por la que estaba prófugo desde fines de marzo.
El sobrino del golpista expresidente confirmó que lo visita regularmente en el penal Barbadillo de Ate, pese a una orden judicial que le prohíbe reunirse con sus coinvestigados y testigos.
Lo mismo ocurre con Henry Shimabukuro, investigado por el caso ‘gabinete en la sombra’. El programa ‘Cuarto poder’ reveló que también acudió al penal de Barbadillo, donde cumple prisión preventiva el exmandatario, a pesar de que el INPE ha asegurado que le impidió el ingreso.
Contenido GEC