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Gobiernos regionales, locales y empresas privadas podrán comprar vacunas y medicamentos contra el COVID-19

La adquisión de vacunas y medicamentos se realizará en coordinación con el Poder Ejecutivo. Asimismo, se desarrollará bajo el estricto cumplimiento de los protocolos y acreditaciones requeridas por el Minsa.

El Gobierno aprobó y publicó este martes el reglamento que regula las autorizaciones de importación o adquisición de vacunas y medicamentos contra el coronavirus en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31225, que promueve la adquisición y provisión de la vacuna contra el COVID-19 como estrategia sanitaria de inoculación para garantizar su acceso oportuno.

De acuerdo al , publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, la presente norma tiene por finalidad asegurar la calidad, seguridad y eficacia de las vacunas y medicamentos contra el coronavirus, que cuentan con registro sanitario condicional, importados o adquiridos por las empresas privadas, gobiernos regionales o gobiernos locales, así como proteger la salud de las personas que usen estos productos.

En ese sentido, se autoriza de manera excepcional a los gobiernos regionales, gobiernos locales o empresas privadas a poder comprar las dosis contra el COVID-19.

Cabe indicar que, dicha adquisición se realizará en coordinación con el Poder Ejecutivo y estará a cargo de su presupuesto institucional correspondiente. Asimismo, se desarrollará bajo el estricto cumplimiento de los protocolos y acreditaciones requeridas por el Ministerio de Salud (Minsa), a fin de garantizar la calidad en la expedición de las vacunas y medicamentos contra el virus.

¿Qué dice el reglamento?

Según señala el , la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), como Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM), está encargada, a nivel nacional, de expedir, denegar, suspender o cancelar las autorizaciones de importación o adquisición de vacunas y medicamentos contra el coronavirus, así como de realizar el control y vigilancia sanitaria de los mismos.

Además, las disposiciones contenidas en dicho documento son de cumplimiento obligatorio por los solicitantes y titulares de las autorizaciones de importación o adquisición de vacunas y medicamentos contra el COVID-19.

Por su parte, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública (Dgiesp) supervisará el adecuado proceso de vacunación contra el COVID-19.

La norma fue refrendada por el presidente de la república, Pedro Castillo, y los ministros de Economía y Finanzas, Oscar Graham, y de Salud, Jorge López Peña.

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