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España: mujer es condenada a seis meses de cárcel por piratear Windows

Se trata de la primera condena de este tipo emitida por el Tribunal Supremo de España. La mujer, que es dueña de un locutorio, pasará seis meses en la cárcel y tendrá que pagar una multa de 3600 euros.
Mujer condenada a seis meses de cárcel por piratear Windows y Office (Foto: Referencial / Pixabay)

Cuando compramos una computadora, esta suele venir con una licencia de Windows lista para instalar; sin embargo, hay casos en que los equipos no cuentan con el sistema operativo. En consecuencia, el usuario debe conseguir la licencia si desea hacer uso de la computadora de forma legal.

Si eres de los obtuvo la licencia de forma irregular, te interesará saber que, en , la dueña de un locutorio ha sido condenada por tener el Windows y el Office pirata en dos equipos de su local. Se trata de la primera condena del Tribunal Supremo por tener la versión ilegal del sistema operativo.

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La Policía Nacional inspeccionó el local, ubicado en Vallecas, en la zona sur de la Comunidad de Madrid, y detectó que dos de las ocho computadoras tenía una licencia de Windows 7 pirata y también el paquete Microsoft Office sin licencia original.

Los jueces llevaron el asunto al pleno de la sala segunda para estudiar los detalles del caso, sentenciando que se trata “de un delito contra la propiedad intelectual”. Finalmente, impusieron seis meses de cárcel para la dueña del locutorio y una multa de 3600 euros. Además, el negocio tendrá que indemnizar a Microsoft con el dinero que cuesten las licencias piratas que han estado utilizando durante los últimos años.

Se trata de la primera sentencia firme que hay al respecto sobre el uso de licencias pirata de Windows y Office en equipos instalados en negocios.

La sentencia del Tribunal Supremo, a la que tenido acceso la , afirma que “el criterio de interpretación seguido por la sentencia impugnada, el que resulta de su literalidad, no plantea dificultad en su entendimiento”.

El desconocimiento de la ley no exime de la misma. Desde hace algunos años, la ley española especifica que se incurre en delito contra la propiedad intelectual a quien explote económicamente productos sin licencia.

En la sentencia puede leerse que “el propietario del locutorio explota económicamente unos ordenadores y sus programas informáticos sin la licencia de utilización que permite su explotación comercial. Se trata de una actividad negocial, un locutorio, que posibilita el acceso a Internet a partir de ordenadores que albergan programas informáticos, hardware y software, que requieren de licencias que permitan su utilización, al tratarse de obras documentadas que son creación del espíritu con un contenido original y protegido por el ordenamiento”.


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