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Los del Perú recibirán en julio el aguinaldo por Fiestas Patrias 2023. Si laboras para el Estado, en esta nota te indicamos la fecha en que debes recibir este beneficio.

Como es sabido, el aguinaldo es una bonificación que se entrega solo a los funcionarios públicos y servidores nombrados y contratados. Para recibir este derecho social, se debe estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Ley Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).

Un ciudadano recibe su aguinaldo en billetes (Foto: Andina)
Un ciudadano recibe su aguinaldo en billetes (Foto: Andina)

¿CUÁNTO DARÁN DE AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS?

De acuerdo con lo dispuesto mediante la Ley N° 31638, , el aguinaldo por Fiestas Patrias será hasta la suma de S/300. En el caso de los Internos de Medicina Humana y Odontología, cabe mencionar, el monto será de S/100.

Para el aguinaldo de Navidad de 2022, el pasado 18 de diciembre, la presidenta Dina Boluarte anunció que, previa coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, se decidió elevar este beneficio a 500 soles. Hasta el momento, no se ha informado sobre ningún incremento similar este mes de julio.

¿CRONOGRAMA DE PAGO DEL AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS?

Según la norma que regula el beneficio económico, el aguinaldo de hasta S/300 será incluido en la planilla de pagos correspondiente al mes de julio del año 2023. A continuación, el cronograma de pago del Banco de la Nación:

Jueves 20 de julio de 2023

  • Presidencia del Consejo de Ministros.
  • Poder Judicial.
  • Ministerio de Justicia.
  • Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Ministerio de Economía y Finanzas.
  • Universidades Públicas.
  • Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
  • Contraloría General de la República.
  • Defensoría del Pueblo.
  • Junta Nacional de Justicia.
  • Ministerio Público.
  • Tribunal Constitucional.
  • Ministerio de Defensa.
  • Congreso de la República.
  • Jurado Nacional de Elecciones.
  • Oficina Nacional de Procesos Electorales.
  • Registro Nacional de identificación y Estado Civil.
  • Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
  • Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura.
Conoce las fechas de pago del aguinaldo de julio 2023 (Foto: Freepik)
Conoce las fechas de pago del aguinaldo de julio 2023 (Foto: Freepik)

Viernes 21 de julio de 2023

  • Ministerio de Educación: UGEL 01, 03 y 07.
  • Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación excepto Dpto. de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancash, Loreto y Puno.
El exterior del Ministerio de Educación (Foto: Minedu)
El exterior del Ministerio de Educación (Foto: Minedu)

Lunes 24 de julio de 2023

  • Ministerio de Cultura.
  • Ministerio de Educación: excepto UGEL 01,03 y 07.
  • Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación Dpto. de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancas, Loreto y Puno.
Fachada de la sede principal del Ministerio de la Cultura en San Borja (Foto: Gobierno del Perú)
Fachada de la sede principal del Ministerio de la Cultura en San Borja (Foto: Gobierno del Perú)

Martes 25 de julio de 2023

  • Ministerio del Ambiente.
  • Ministerio de Salud.
  • Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
  • Ministerio de Energía y Minas.
  • Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
  • Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Fachada del local principal del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (Foto: Andina)
Fachada del local principal del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (Foto: Andina)
  • Ministerio de la Producción.
  • Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
  • Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
  • Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y Agricultura.

Miércoles 26 de julio de 2023

  • Ministerio del Interior.
  • Fuero Militar Policial.
Local principal del Ministerio del Interior (Foto: GEC)
Local principal del Ministerio del Interior (Foto: GEC)

¿QUIÉNES NO RECIBIRÁN AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS?

El pago del aguinaldo por Fiestas Patrias solo está destinado para los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.

También corresponde a docentes universitarios bajo la Ley N°30220, personal de salud, obreros permanentes y eventuales del sector público, personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; al igual que a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de las leyes 15117, 19846, así como de los decretos 20530 y 28091, incluyendo a los trabajadores contratados por el régimen CAS. Si no perteneces a ninguno de esos grupos, no podrás recibir el beneficio.

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE AGUINALDO Y GRATIFICACIÓN?

Para muchas personas, y aguinaldo son palabras sinónimas y las usan indistintamente, pero al menos laboralmente son conceptos diferentes. Si bien ambos guardan relación con el depósito de un dinero adicional a mediados y finales de año, su uso debe limitarse o al sector privado o al sector público.

  • El aguinaldo es un beneficio que perciben los trabajadores del sector público dos veces al año. ¿Quiénes recibirán el aguinaldo? Los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N°276 y la Ley N°29944. También los docentes universitarios, personal de salud, obreros permanentes y eventuales del sector público, personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional; así como los pensionistas comprendidos en los regímenes de las leyes 15117, 19846, 20530 y 28091.
  • La gratificación es el beneficio social que se le otorga en julio y diciembre al trabajador del régimen laboral privado. A diferencia del aguinaldo, la gratificación equivale a una remuneración completa, siempre y cuando el individuo haya laborado el semestre completo. De lo contrario, solo recibe una fracción del total.
La gratificación es equivalente a un sueldo para los empleados del sector privado (Foto: GEC)
La gratificación es equivalente a un sueldo para los empleados del sector privado (Foto: GEC)

¿QUÉ TIENEN EN COMÚN EL AGUINALDO Y GRATIFICACIÓN?

Ambos conceptos destinados a los trabajadores, en julio y diciembre, no pueden ser sujetos a descuentos. La Ley Nº 30334, que establece medidas para dinamizar la economía en el año 2015, se dispuso que los aguinaldos y gratificaciones no se encuentren sujetos a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna; excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador. Asimismo, estableció que sus disposiciones también eran de aplicación a los jubilados y pensionistas, y dispuso la vigencia indefinida de la mencionada disposición.

¿HASTA CUÁNDO SE PUEDE PAGAR LA GRATIFICACIÓN?

Todas las empresas que deben hacer los depósitos de gratificación tienen como fecha límite el 15 de julio. No obstante, hay centro de labores que pagan ese concepto algunos días o semanas antes del día mencionado.

En caso una empresa no paga ese concepto de gratificación en la fecha límite, podría recibir una multa fuerte de dinero.

¿QUÉ HAGO SI LA EMPRESA NO ME PAGA LA GRATIFICACIÓN?

Si vencido el plazo para su depósito, la empresa para la que laboras no te depositó la gratificación, debes presentar una denuncia ante la Sunafil. La multa puede ser de hasta 26.12 Unidades Impositivas Tributarias.

Ten en cuenta que, si te pagan la gratificación de forma extemporánea, tienes derecho a percibir dicho beneficio con los intereses legales correspondientes.

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