Trome, desde el pasado domingo 1 de enero de 2017 está en vigencia el decreto legislativo que permite a los trabajadores y emprendedores descontar diversos gastos mensuales hasta por 10 UIT (S/40,500) del pago del Impuesto a la Renta (IR) a la Sunat. En este artículo te contamos los detalles.
¡Emprende Trome! Según la norma publicada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a las 7 UIT (S/ 28,350) establecidas por año para deducir impuestos, se sumarán otras 3 UIT (S/12,150), para que los trabajadores independientes o en planilla deduzcan hasta en 10 UIT (S/40,500) sus impuestos de cuarta y quinta categoría.
Para ese fin, el contribuyente deberá sustentar gastos con comprobantes electrónicos, aunque la norma también señala que la Sunat podrá establecer casos específicos en los cuales los gastos podrán ser sustentados con comprobantes de pago que no sean emitidos electrónicamente.
Es decir Trome, si eres un profesional que ofrece sus servicios a terceros, en forma de independiente o en planilla, deberás conservar los pagos de los siguientes rubros para que la Sunat reduzca tus impuestos en tu próxima Declaración Jurada Anual del IR hasta en S/40,500.
1. Gasto de alquileres: En este caso puedes deducir hasta el 30% del costo de tu alquiler. Para hacerlo, deberás presentarle a la Sunat los recibos de arrendamiento. Si la persona que te alquila la vivienda en la que vives o tienes tu oficina no te entrega un recibo, deberás exigírselo para poder reducir tu pago de Impuesto a la Renta.
2. Intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda: Debes conservar el voucher que te entrega el banco. No podrás deducir todo el pago de tu hipoteca, solo los intereses.
3. Honorarios profesionales de médicos y odontólogos: Podrás deducir el 30% de lo que le pagues a médicos y odontólogos por el cuidado de tu salud, la de tus hijos menores de 18 años, la de hijos mayores de edad con discapacidad, tu cónyuge o concubina(o) en la parte no reembolsable por seguros. Para hacerlo, deberás conservar sus recibos por honorarios. Si estás asegurado en un seguro privado y realizas un copago, deberás guardar la boleta de venta.
4. Servicios profesionales que generen rentas de cuarta categoría: En este caso puedes deducir el 30% de lo que le pagues durante el 2017 a alguno de los siguientes 13 profesionales, a quienes deberás exigirles su recibo por honorarios electrónico:
- Abogado
- Analistas de sistema y computación
- Arquitecto
- Enfermero
- Entrenador deportivo
- Fotógrafo y operadores de cámara, cine y tv
- Ingeniero
- Intérprete y traductor
- Nutricionista
- Obstetriz
- Psicólogo
- Tecnólogos médicos
- Veterinario
5. Aportaciones a Essalud por contratar trabajadores del hogar: El documento indicado para probar este gasto es el formulario que la Sunat les entrega a los empleadores o el documento virtual que sustenta este pago.
Ya lo sabes Trome, guarda tus comprobantes de pago para estos 5 rubros y paga menos impuestos en 2018.
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