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Cannabis medicinal: Ministerio de Salud aprobó reglamento que regula uso terapéutico

Mediante decreto supremo se establecen los lineamientos para el empleo, licencias, exportación y demás aspectos referidos a uso medicinal y terapéutico del cannabis
Reglamentan el uso del cannabis medicinal en Perú. (Foto: AFP)

El gobierno de actualizó el reglamento de la Ley que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados. Mediante el se deroga la versión aprobada el 2019 y se aprueba un nuevo reglamento que fue publicado este martes 28 de febrero en el diario oficial El Peruano.

El decreto precisa que el (Minsa), a través de sus diferentes entidades, es la autoridad competente para expedir las licencias de producción, importación, comercialización de la producción artesanal de derivados del cannabis, así como las responsables de realizar el control y fiscalización de los establecimientos e o instituciones dedicadas a estas actividades.

También se precisa que dichas licencias se otorgan en un plazo máximo de 30 días hábiles y por su vigencia es “indeterminada. El DS también señala una serie de causales por las cuales se pueden suspender o cancelar las licencias vinculadas al uso medicinal y terapéutico del cannabis, como por ejemplo incumplimiento de los protocolos de producción.

EL DS establece una serie de causales de suspensión o cancelación de licencias.

También se puede cancelar una licencia a la productora artesanal que entregue cannabis y sus derivados a no asociados. Y se les retirará los permisos a quienes provean de cannabis para uso medicinal y terapéutico, a farmacias u otro tipo de establecimientos no autorizados para dichas actividades.

Con relación a la prescripción y al tratamiento médico, la norma precisa que solo los médicos cirujanos prescriben derivados de cannabis con fines medicinales y terapéuticos. “Para la prescripción de dichos derivados debe emplearse la receta médica o receta especial”, se precisa.

Cabe señalar que en el marco de la ley se ha creado el Registro Nacional de Pacientes Usuarios del Cannabis y sus derivados para uso medicinal y terapéutico (RENPUC): La gestión del registró está a cargo del la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID).

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