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Todo peruano sin seguro de salud será afiliado al SIS

Decreto Supremo autoriza la afiliación “independientemente de la clasificación socioeconómica” a toda persona residente en el territorio nacional que “no cuente con ningún seguro de salud.

¡Una buena noticia para todos! El Ejecutivo publicó un Decreto de Urgencia que establece medidas para la cobertura universal de la salud en el país. Es así que desde ahora, la Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS – SIS) afiliará “independientemente de la clasificación socioeconómica” a toda persona residente en el territorio nacional que “no cuente con ningún seguro de salud.

“Esta afiliación garantiza a los beneficiarios la cobertura gratuita del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud – PEAS”, se puede leer en la publicación del diario El Peruano.

Se aclara que el acceso a la cobertura de los planes complementarios se encuentran sujetos a la aprobación de estos y sus criterios de elegibilidad basados en la vulnerabilidad económica, sus correspondientes esquemas de financiamiento a través de la IAFAS – SIS y del Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL.

Comisión multisectorial

El Gobierno también ha dispuesto que en un plazo no mayor a 15 días calendarios contados se conforme una Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, la misma que estará integrada por un o una representante del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud, quien la presidirá; el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Ministerio de Economía y Finanzas; el Seguro Social de Salud – EsSalud; el Seguro Integral de Salud – SIS; las IAFAS a cargo del Ministerio de Defensa; y la IAFAS de la Policía Nacional del Perú a cargo del Ministerio del Interior.

Esta comisión elaborará una propuesta de actualización del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud – PEAS y de los planes complementarios, así como los criterios de elegibilidad basados en la vulnerabilidad económica, esquemas de financiamiento y arreglos institucionales para la administración y gestión de los recursos para el aseguramiento en salud. Su informe final deberá ser emitido en un plazo no mayor a noventa días calendario.

Entre otras medidas se explica que que en un plazo no mayor a ciento veinte días se deberán aprobar el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud actualizado y sus Planes Complementarios, así como los criterios de elegibilidad para acceder a dichos planes y los esquemas de financiamiento de los mismos.

En la norma también se detallan mejoras en la gestión y eficiencia de la oferta de servicios de salud, precisiones sobre la recaudación de los aportes de los asegurados del SIS y financiamiento.

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