Se vienen cambios. Ahora las municipalidades distritales podrán cobrar una fracción del pago en los recibos de luz en favor del servicio de serenazgo y para luchar contra la en sus respectivas jurisdicciones. 

Así el Ejecutivo establece que el cobro de los arbitrios fijados para cubrir dicho servicio será a través del recibo de luz.

El Decreto Legislativo N°1253 publicado en el diario El Peruano establece que el monto que se incluirá en los servicios de luz corresponderá al pago parcial del monto total del arbitrio, el cual no podrá ser menor a un sol ni mayor a 3 soles con 50 céntimos.

Las municipalidades primero tendrán que concretar un convenio interinstitucional con las respectivas empresas de distribución de energía eléctrica para que puedan actuar como recaudadores en el cobro. La norma señala que los montos recaudados por este sistema se destinarán exclusivamente para los fines que corresponden al arbitrio de serenazgo o seguridad ciudadana.

Otra restricción es que solo podrán aplicarse en las municipalidades que sean calificadas como urbanas según los criterios establecidos por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). “Esta medida, es aplicable sólo por las municipalidades que califiquen como urbanas de conformidad con los criterios establecidos por el INEI”, remarca el decreto.

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