Política

Elecciones 2021: “Se pueden investigar denuncias de Fuerza Popular”

Así lo dio a conocer el especialista en Derecho Electoral, José Naupari. Pedro Castillo (Perú Libre) y Keiko Fujimori (Fuerza Popular) se disputan la Presidencia palmo a palmo
Tanto Fuerza Popular como Perú Libre disputan voto a voto la Presidencia de la República.

Los Jurados Electorales Especiales () pueden investigar denuncias por nulidad de incluso si son declarados improcedentes por extemporáneas, así lo indicó el especialista en Derecho Electoral, José Naupari.

Detalló que en caso el JEE declare improcedente alguna de las solicitudes de nulidad de Fuerza Popular, en 802 mesas electorales a nivel nacional, inmediatamente el mismo ente electoral podría disponer que se inicie un procedimiento de nulidad de oficio.

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“El pedido de Fuerza Popular, al menos de lo que ha argumentado, es extemporáneo porque son hechos que pudieron haber sido conocidos por la mesa. ¿Qué tienen que ser investigados? Sí, lo puede hacer el Jurado Electoral Especial de oficio. Ahí por ejemplo yo podría tranquilamente como ente especial declarar improcedente por extemporáneo el pedido de nulidad de Fuerza Popular y todavía así disponer que se inicie un procedimiento de nulidad de oficio o procedimiento para recabar información de otros organismos y del propio personal fiscalizador del jurado”, precisó.

Agregó que esta decisión del JEE se haría sobre la ‘base del mismo escrito’, es decir, se convierte el pedido de nulidad en una denuncia ciudadana, se corre traslado al personal del JEE, se remite oficios al Ministerio Público, a la Policía Nacional del Perú (PNP), a la Defensoría y se arma un propio expediente y se concluye si hubo irregularidad o no”, acotó.

‘EXTEMPORÁNEAS’

En otro momento, Naupari explicó la razón de por qué las solicitudes de Fuerza Popular podrían ser consideradas “extemporáneas”.

Indicó que la Resolución 084-2018 JNE indica que la única fecha para pedir nulidad por ‘hechos pasibles de ser conocidos en mesa’ es el mismo día de la elección, y en el caso de hechos externos a la mesa uno tiene un plazo de tres días para presentar el pedido de nulidad.

“Por eso, legitimidad para pedir nulidad a secas la tengo sí, la tuve hasta la hora en que cerró el Jurado Electoral Especial, totalmente de acuerdo. Pero si el sustento de nulidad es por un hecho pasible de ser conocido por la mesa y yo no sustento por qué no presenté al día siguiente o por qué no pude presentar personeros ese mismo día, ese pedido es extemporáneo”, sostuvo.

Como se sabe, la segunda vuelta de las Elecciones Generales se desarrolló el domingo 6 de junio y los candidatos presidenciales Pedro Castillo (Perú Libre) y Keiko Fujimori (Fuerza Popular) se disputan voto a voto la Presidencia de la República. (Con información de RPP)

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