El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 admitió a trámite la tacha presentada por el ciudadano Andrés Iván Villar Vélez contra la candidatura presidencial de George Forsyth por el partido Victoria Nacional.
A través de la Resolución Nro. 00034-2021-JEE-LIC1/JNE, se corrió traslado del recurso al personero legal titular de dicha agrupación política, a fin de que en un plazo máximo de un día calendario cumpla con efectuar los descargos de ley.
El ciudadano que presentó la tacha cuestiona la democracia interna de la organización política, que afectaría a la fórmula de candidatos a la Presidencia de la República.
Según su posición, George Forsyth se encontraría impedido de postular a la Presidencia de la República por los siguientes hechos: i) Conformación antirreglamentaria del Comité Electoral; ii) Deficiencias en la designación de los Tribunales Electorales Regionales (TER); y iii) No presentación de Actas de los Tribunales Electorales Regionales.
“En tal sentido y entendiéndose que la tacha se encuentra referida a las elecciones internas corresponde tramitarla contra fórmula presidencial”, señala el documento del JEE Lima Centro 1.
La plancha de Victoria Nacional está integrada por George Forsyth como candidato a la presidencia de la República, y Patricia Arévalo y Jorge Chávez, en la primera y segunda vicepresidencia, respectivamente.
Cabe recordar que días atrás el ciudadano Percy Moreano Contreras desistió del recurso de apelación que interpuso en contra de la resolución que declaró infundada la tacha contra la solicitud de cambio de nombre de Restauración Nacional a Victoria Nacional.
El cambio de nombre y símbolo del partido Restauración Nacional fue propuesto por George Forsyth. Tras una evaluación, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió declarar infundada la tacha interpuesta contra la inscripción de la modificación de partida electrónica del partido y se dispuso “continuar con el procedimiento”.
Sin embargo, Moreano Contreras presentó un recurso de apelación que iba a ser visto el pasado 3 de diciembre. No obstante, el ciudadano decidió desistir del proceso a través de un escrito, con su “firma legalizada notarialmente” y la de su abogado.