Actualidad

Conoce las medidas especiales y temporales para regularizar tu situación migratoria si eres ciudadano extranjero en el Perú

La norma publicada hoy en el diario El Peruano dispone que se aplica a los extranjeros cuyo plazo de permanencia otorgado por la autoridad migratoria se encuentre vencido, y a los que ingresaron al territorio nacional de forma irregular.
Los ciudadanos venezolanos en el Perú. (Foto: Hugo Pérez/El Comercio)

El Ministerio del Interior (Mininter) publicó hoy el que aprueban medidas especiales, excepcionales y temporales para agilizar la regularización de la situación migratoria de ciudadanos extranjeros en el país.

La norma publicada hoy en el diario El Peruano dispone que se aplica a los extranjeros cuyo plazo de permanencia otorgado por la autoridad migratoria se encuentre vencido. Asimismo, para los extranjeros que ingresaron al territorio nacional de manera irregular al no haber realizado el debido control migratorio.

También aclara que las solicitudes de regularización migratoria y los recursos de reconsideración son resueltos por la jefatura zona, según corresponda, de la Superintendencia Nacional de Migraciones. El recurso de apelación es resuelto por la autoridad competente de dicha entidad.

Plazo de solicitud

El plazo para presentar la solicitud de regularización migratoria es de 180 días calendario. También señala que Migraciones puede disponer la ampliación de este plazo mediante una resolución de la superintendencia.

Asimismo, indica que la solicitud se presenta por única vez. En caso, la persona extranjera incumpla con la presentación de su solicitud de regularización migratoria en el plazo previsto, se le aplica el procedimiento administrativo sancionador contemplado en el Decreto Legislativo de Migraciones 1350 y su reglamento.

Proceso

El dispositivo recuerda que el procedimiento para obtención del Permiso Temporal de Permanencia permite la emisión del Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) con vigencia de un año calendario, que permite al extranjero desarrollar actividades en el marco de la legislación peruana.

En esa línea, la norma precisa que mientras se encuentre en trámite el procedimiento de regularización migratoria, el solicitante puede salir del país por 30 días calendario, previo permiso especial de viaje correspondiente; caso contrario, pierde automáticamente el trámite iniciado.

El beneficiario del procedimiento debe solicitar el permiso especial de viaje por cada salida del territorio nacional, el mismo que no puede exceder de 30 días calendario por cada salida, no debiendo exceder en su totalidad de 90 días calendario, durante la vigencia del Carné de Permiso Temporal de Permanencia. Caso contrario pierde automáticamente el beneficio otorgado.

También se señala que el proceso administrativo es de evaluación previa, el mismo que debe resolverse en un plazo máximo de 30 días, y está sujeto al silencio administrativo negativo.

Requisitos

Los requisitos para la aprobación del procedimiento administrativo para mayores de edad son los siguientes:

La norma también establece requerimientos para mayores de edad con discapacidad y menores de edad.

Salida del país ante denegatoria

La resolución señala que una vez que se niega la solicitud de la regularización migratoria, Migraciones emite una orden de salida para que la persona extranjera proceda a abandonar el país, para tal, puede pagar las obligaciones pendientes de pago o acogerse al fraccionamiento previo a su salida del territorio nacional.

En caso la persona extranjera pretenda ingresar nuevamente al país, debe cancelar la totalidad de sus obligaciones pendientes de pago.

El dispositivo indica que la salida debe ejecutarse dentro de un plazo de 15 días calendario siguientes a la fecha en que la persona conoce de la emisión de la orden. Dicho plazo puede ser ampliado por 15 días calendario más, en situaciones excepcionales, evaluadas y aprobadas por Migraciones.

Si la persona extranjera no cumple con salir del país dentro del plazo establecido, Migraciones da inicio al procedimiento para aplicar la sanción que corresponda.

La norma también brinda detalles del proceso para tramitar solicitudes de regularización migratoria y el proceso para la cancelación del Carné de Permiso Temporal de Permanencia.

Puedes leer la norma completa publicada en el diario El Peruano.

Tags Relacionados:

Contenido Sugerido

Contenido GEC

Te puede interesar:

Andrés Hurtado: Migraciones emite alerta ante posible salida del país de ‘Chibolín’

Migraciones: a partir del 2 de julio ciudadanos venezolanos presentarán visa y pasaporte para ingresar al Perú

John Kelvin responde a Dalia tras viaje a Argentina: “No violé mandato judicial, vine porque mi mamá está mal”

Migraciones: ¿Cómo obtener el pasaporte de 10 años de vigencia?

Más en Actualidad

APEC 2024: Clases serían virtuales desde el 11 de noviembre

Último CyberWow 2024: ¿Qué marcas, ofertas, envíos gratis y otros beneficios ofrece? Evite estafas al comprar

Los Galácticos: Primo de presidente de Cristal, Joel Raffo, era representante de la empresa que ganó los derechos de TV de la Liga 1

Iván Siucho acudió a la Fiscalía para hablar sobre caso Andrés Hurtado: “Chibolín era la madre de los lavados de activos en Perú”

¡Sicarios menores irán presos! Congreso aprueba proyecto para que adolescentes desde 16 años sean juzgados por delitos graves

¡Horror en Chiclayo! Mujer embarazada es asesinada por su pareja, pero el bebé sobrevive