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¡Atención papás! Aprueban que licencia por paternidad se amplíe de cuatro a 10 días

Propuesta incluye periodos adicionales de licencia en casos de nacimientos prematuros, múltiples o si el bebé nace con una enfermedad congénita o terminal.

La Comisión de Trabajo del Congreso aprobó un dictamen que establece ampliar la licencia por paternidad remunerada de 4 a 10 días, en caso de parto natural o cesárea, para los trabajadores del sector público y privado, a fin de fortalecer el lazo familiar e involucrar a los padres en el cuidado y atención de sus hijos recién nacidos.

La propuesta de la congresista de , Ursula Letona, contempla periodos adicionales de licencia para casos especiales

La norma aprobada indica que para los nacimientos prematuros o partos múltiples, el beneficio de la licencia por paternidad se prolongará a 20 días consecutivos.

Además, la parlamentaria, explicó que si el menor nace con una enfermedad congénita, discapacidad severa o terminal, el padre podrá tener una licencia remunerada por 30 días.

El proyecto establece que en caso de fallecimiento de la madre durante el parto o mientras se encuentre gozando de la licencia por maternidad, el padre podrá hacer uso de la totalidad, o la parte que reste del periodo de licencia de la madre.

“Este es un gran avance para lograr el fortalecimiento del vínculo entre padre e hijo durante los primeros días de vida del recién nacido. Después del nacimiento del bebé, los padres se convierten en el soporte del núcleo familiar” indicó Letona.

La parlamentaria sostuvo que la iniciativa busca fortalecer la relación paterno-filial y normar casos especiales del nacimiento del bebé, las cuales no están reguladas en nuestra legislación vigente.

“Es importante establecer diferencias en el periodo de licencia paterna de acuerdo a cada situación de parto. No es lo mismo un parto de forma natural, que un parto múltiple o prematuro, peor aún si el bebé nace con alguna complicación o padecimiento. Eso es lo que buscamos normar” acotó.

Finalmente, el dictamen establece que el trabajador que haga uso de su licencia por paternidad tendrá derecho a hacer uso de su descanso vacacional pendiente de goce, a partir del día siguiente de vencida su licencia.

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