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Gobierno amplía el estado de emergencia en Lima y Callao: ¿Habrá toque de queda en Navidad y Año Nuevo? PNP responde

El Poder Ejecutivo decidió extender la medida por 45 días en 13 distritos de Lima Metropolitana y uno del Callao.

El gobierno de Dina Boluarte decidió este martes extender el por 45 días adicionales en los 14 distritos donde ya estaba vigente. Fuentes del Ejecutivo confirmaron a RPP que esta medida ayudará a combatir las extorsiones y el sicariato, y que se aplicará a los mismos distritos.

Alcaldes de Lima Norte se reúnen para pedir extensión de estado de emergencia

El decreto supremo ya ha sido publicado en el diario oficial El Peruano. Los distritos afectados en Lima Metropolitana son Ate, Ancón, Carabayllo, Comas, Independencia, Los Olivos, Lurigancho - Chosica, Puente Piedra, Rímac, San Martín de Porres, San Juan de Lurigancho, Santa Rosa y Villa El Salvador, además de Ventanilla en la Provincia Constitucional del Callao.

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El decreto supremo publicado en el diario oficial El Peruano.

¿Habrá toque de queda durante Navidad y Año Nuevo en Lima y Callao?

El comandante general de la Policía, general PNP Víctor Zanabria, negó que se vaya a imponer un toque de queda durante las fiestas de Navidad y Año Nuevo en los 14 distritos de Lima y Callao que están en estado de emergencia por 45 días adicionales.

Durante una comunicación para RPP, Zanabria también descartó un toque de queda focalizado y mencionó que la PNP no tiene suficientes efectivos operativos para hacer cumplir esas medidas.

“Salvo que sea Lince, que es medio kilómetro cuadrado, la forma de dar un toque de queda es imposible y eso lo hemos experimentado durante la COVID-19. Deberíamos tener un número triple a los 50 000 efectivos que tenemos en Lima para controlar la ciudad”.

“Lamentablemente, y hay que reconocer la falta de cultura cívica que tiene nuestro país, es que la gente no cumple la norma. Si a usted le dice que el 24 de diciembre no hay actividad de fiesta u otros, es letra muerta porque tendríamos que controlar media Lima y cerrarla, y menos el 31″.

¿Cuáles son las diferencias entre el estado de emergencia y el toque de queda?

El estado de emergencia, según el artículo 137 de la Constitución Política del Perú, es un régimen de excepción que se aplica en situaciones de perturbación de la paz, desastres o graves circunstancias que afectan a la Nación. Esta medida puede restringir algunos derechos ciudadanos, aunque el Estado sigue garantizándolos.

El toque de queda, o inmovilización social obligatoria, requiere que las personas permanezcan en sus hogares durante un horario específico, permitiendo salidas solo para emergencias, compra de alimentos, medicinas o atención médica. El incumplimiento puede resultar en sanciones penales y civiles, incluyendo penas de cárcel de tres a seis años por desobediencia a la autoridad.

¿Qué restricciones habrán en Lima tras la declaración del estado de emergencia por el Gobierno?

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