Economía

Utilidades 2021: ¿las empresas pueden omitir el pago de este concepto por la pandemia del COVID-19?

Conozca aquí las respuestas a las dudas más frecuentes sobre el próximo reparto de utilidades que efectuarán las empresas.
Sepa aquí todos los detalles sobre el próximo pago de utilidades generadas por las empresas en el 2021. (Foto: Andina)

Cientos de empresas privadas deberán realizar el pago de utilidades a sus empleados desde este 25 de marzo. El pago de este derecho debe realizarse dentro de los 30 días naturales siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.

LEE TAMBIÉN: Bono S/ 210 para trabajadores del sector privado: ¿quiénes pueden cobrar hoy, 11 de marzo?

En ese sentido, ¿las empresas están obligadas a realizar el pago de este concepto incluso dentro de un contexto como el de la pandemia del COVID-19?

La respuesta es sí. Según Brian Ávalos, socio del área laboral del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez, la omisión o pago extemporáneo de este beneficio ocasiona infracciones que pueden ser sancionadas por la Sunafil, así como la posibilidad de que el trabajador reclame el beneficio judicialmente.

¿Cuál es la sanción para las empresas que no cumplan con el pago?

Es considerada una infracción grave en materia de relaciones de trabajo el no pagar u otorgar íntegra y oportunamente los beneficios laborales a los que tienen derecho los trabajadores.

En ese sentido, en una inspección laboral en caso de incumplimiento el inspector de trabajo podría aplicar una multa entre 1.57 UIT (S/ 7,222.00) hasta 26.12 UIT (S/ 120,152.00), el cual se calculará en función del número de trabajadores afectados.

¿Los extrabajadores tienen derecho a cobrar las utilidades?

Sí. Los trabajadores que cesaron antes de la fecha en la que se distribuyan las utilidades, tienen derecho a cobrar el monto que les corresponda en el plazo de 4 años luego de extinguida la relación laboral. Para tal efecto, los extrabajadores deben solicitarlo expresamente a sus antiguos empleadores.

Vencido el plazo, la participación no cobrada por el extrabajador se agregará al monto a distribuir por concepto de participación en las utilidades del ejercicio en el que venza dicho plazo.

VIDEO RECOMENDADO

Ampliación de aforo al 100%: Gobierno deja sin efecto restricciones y negocios podrán operar toda su capacidad

Tags Relacionados:

Contenido Sugerido

Contenido GEC

Te puede interesar:

Mayoría de fallecidos por coronavirus eran personas obesas

COVID-19: Vacunas monovalentes comenzarán a aplicarse el 20 de enero

COVID-19: pacientes con síntomas leves ya no tendrán descansos médicos y podrán ir a trabajar con mascarillas

Minsa confirma que extensión de vida útil de vacunas contra el COVID-19 es de 18 meses

Más en Economía

Ranking Merco 2024: Las mejores 100 empresas para atraer y retener talento en Perú | ¿Cuánto importa el sueldo para retener a los talentos?

Madre de Dios: Expo Amazónica 2024 se alista para cautivar a mercados internacionales

Las Vegas Plaza, el mall de las mypes: Cuándo abrirá, cuántos empleos dará y cómo será el primer centro comercial de Puente Piedra

En este 2024, cuatro sectores económicos serán los que activarán el mercado laboral en Perú

Sporting Cristal jugará final de Copa Mitad del Mundo tras vencer 4-3 a Fluminense

Día del Padre: más de 72% de empresas en el Perú no otorgan regreso escalonado post paternidad