Economía

Multan a la PUCP con 239 mil 360 soles por cobros indebidos a sus estudiantes

Indecopi indicó que se sancionó a esta casa de estudio por cobrar intereses moratorios superiores y aplicar medidas intimidatorias de cobranza.

El Indecopi, a través de la Comisión de Protección al Consumidor N°3, multó a la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) con S/ 239,360 (54.4 UIT), mediante una comisión Ad Hoc, por cobrar intereses moratorios superiores a los permitidos en la ley y aplicar medidas intimidatorias para el cobro de pensiones del ciclo que estaba en curso.

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En ente rector refiere que la ley establece que el cobro de moras por pensiones impagas no debe superar la tasa de interés interbancario dispuesta por el Banco Central de Reserva del Perú.

Sin embargo, se verificó -de acuerdo a las investigaciones- que la PUCP cobró moras superiores; y aunque devolvió voluntariamente algunos montos cobrados en exceso, se identificó que existen alumnos que aún no han recibido su dinero y en otros casos se les devolvió menos de lo que corresponde.

En cuanto al método de cobranza, el Código de Protección y Defensa del Consumidor señala que no se pude condicionar el pago de las pensiones del ciclo en curso, con la asistencia a clases, a la evaluación, ni a la atención de reclamos. Solo se pueden retener los certificados del ciclo no pagado, siempre que se haya informado de ello a los estudiantes o a los padres al momento de la matrícula.

Hay que precisar que la PUCP modificó su reglamento y suprimió la disposición que limitaba la gestión de trámites, es decir adecuó su conducta a las disposiciones legales del sector”, sostiene el ente.

Resarcimiento

Para resarcir a los estudiantes afectados, la Comisión de Indecopi ordenó a la PUCP, como medida correctiva, devolver a todos los alumnos los montos cobrados en exceso por concepto de mora además de los intereses legales generados a la fecha de la devolución.

Este caso fue iniciado de oficio en base a fiscalizaciones realizadas por el Indecopi, con el fin de verificar infracciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor (artículo 73, sobre la idoneidad de los servicios educativos), y la Ley de Protección a la Economía Familiar sobre el pago de pensiones en institutos, escuelas superiores, universidades y escuelas de posgrado púbicos y privados.

Finalmente, la Comisión conformada por miembros Ad hoc, debido a la abstención de los titulares, decidió sancionar a la PUCP con 12.5 UIT por cobrar intereses moratorios superiores y con 41.9 UIT por aplicar medidas intimidatorias de cobranza.

La universidad se encuentra en plazo de apelación. La resolución se encuentra en este .

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