Economía

Gloria apela fallo para continuar usando leche en polvo en la producción de leche evaporada

La empresa Gloria indicó que, mientras sigue en curso el tema legal, cumplirá con la modificación al reglamento de la leche que entra en vigencia el 4 de octubre.

que declaró improcedente la medida cautelar que presentó para seguir usando provisionalmente el insumo de “leche en polvo” para la elaboración de la “leche evaporada”. También remarcó que aún hay en curso una acción de amparo.

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La acción de amparo es un mecanismo de tutela previsto en nuestro ordenamiento constitucional que se ajusta al debido proceso. Por su parte, la medida cautelar hecha pública hoy (martes) corresponde a una solicitud realizada por la empresa también en el mes de abril pasado, y que viene siendo revisada por la Corte Superior de Justicia de Lima tras una apelación de nuestra compañía”, mencionó la empresa en un comunicado.

Asimismo, sostuvo que, con relación a la modificación del reglamento de la leche y productos lácteos en el país en el Decreto Supremo 004-2022-Midagri, consultó la opinión de especialistas en materia nutricional, defensa del consumidor y derecho constitucional.

Con base a este riguroso análisis y en defensa de los derechos de los consumidores y la libre empresa, presentó en abril una acción de amparo. Esta medida legal será vista por el Poder Judicial en noviembre”, señaló.

No obstante, Gloria sostuvo que cumplirá con la modificación al reglamento de la leche, que comienza a regir desde el 4 de octubre.

Es importante señalar que Leche Gloria S.A. dará cumplimiento a la modificación al reglamento durante la vigencia de la misma, para lo cual viene adoptando las medidas de adecuación correspondientes”, refirió.

Añadió que, según se ha advertido en diversos foros, la modificación del mencionado reglamento es considerada por los expertos como “antitécnica, arbitraria y contraria a la Constitución y a los derechos que la misma garantiza”.

Precisó que dicha modificación al reglamento “busca cambiar los parámetros técnicos para la producción de la leche evaporada sin evidencia científica en perjuicio de su nivel nutricional; y, además, suspende la aplicación de las obligaciones sanitarias relativas a la contaminación microbiológica de la leche cruda, en desmedro de las exigencias de salubridad y calidad que debe siempre cumplir dicho producto”.

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