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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recordó que el próximo 15 de noviembre vence el plazo para que los empleadores depositen el beneficio de la en la cuenta que miles de trabajadores formales tiene en una institución financiera.

En , el MTPE indicó que este año, los trabajadores están autorizados al retiro total de su CTS, gracias a la Ley Nº31171, hasta el 31 de diciembre, a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del COVID-19.

Remarcó que se puede efectuar retiros parciales de la CTS. Incluso, si solo cuentan con un abono realizado por su empleador.

Además, remarcó que el trabajador puede realizar retiros de forma presencial en las oficinas de la entidad depositaria de la CTS o solicitar el desembolso mediante transferencia bancaria a la cuenta que indique. Otra opción es retirar desde los aplicativos de banca móvil, a fin de evitar aglomeraciones en las agencias financieras.

Pueden solicitar el retiro de la CTS los trabajadores del sector privado comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo Nº001-97-TR, independientemente del régimen laboral al que se sujeten”, indicó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

También puede acceder los servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen laboral del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº003-97-TR”, agregó.

El MTPE señaló que la CTS es un derecho laboral que funciona como seguro de desempleo. Es decir, se trata de un fondo que ayuda a vivir mientras se consigue otro empleo.

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