Las empresas tienen hasta el 15 de noviembre para depositar a sus trabajadores la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), del período semestral mayo – octubre 2021, pero las que incumplan con este beneficio serán sancionadas con multas diferenciadas por considerarse una infracción grave, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
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“Se trata de tres escalas de multas diferenciadas para la micro, pequeña, mediana y gran empresa que aplica la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), montos que van entre los S/ 484 hasta los S/ 114,928″, manifestó el gerente del Centro Legal de la CCL, Víctor Zavala.
Agregó que las compañías están obligadas a entregar al trabajador la hoja de liquidación dentro de los cinco días de efectuado el depósito, de no hacerlo estarán incurriendo en una infracción leve cuyas multas van entre los S/ 198 a S/ 68,288.
Cabe mencionar que las escalas de multas laborales vigentes fueron aprobadas por D.S. 008-2020-TR.
En tanto, para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT (S/ 4,400 vigente en el 2021).
Las multas para micro y pequeñas empresas inscritas en Remype no podrán superar, en un mismo procedimiento sancionador, el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.
A continuación, se indican las multas mínimas y máximas por infracciones leves y graves vinculadas a la CTS, según se trate de microempresas, pequeñas, medianas y grandes empresas.
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