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Defensoría del Pueblo pide a Minjus adoptar acciones urgentes contra sobrepoblación en centros juveniles

La Defensoría del Pueblo indicó que se debe tener presente que a la fecha existen 2.100 adolescentes infractores privados de libertad, pero los centros solo pueden albergar a 1.665
La Defensoría indicó que es imprescindible adoptar acciones urgentes. (Foto: Geraldo Caso/GEC)

El Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez Camacho, formuló al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos un conjunto de recomendaciones para reducir la actual sobrepoblación de adolescentes infractores privados de libertad.

A través de un comunicado, la Defensoría del Pueblo indicó que la necesidad de estas medidas fue advertida en su informe sobre la “Situación de las personas privadas de libertad a propósito de la declaratoria de emergencia sanitaria”, publicado a inicios de abril.

Enfatizó que se debe tener presente que, a la fecha, existen 2.100 adolescentes infractores privados de libertad, pero los centros sólo pueden albergar a 1.665.

Por ello, agregó, es imprescindible adoptar acciones urgentes para reducir estas cifras, su vida, salud e integridad corre riesgo, en el marco de la pandemia del COVID-19.

Según la Defensoría, el llamado a reducir el número de adolescentes infractores encuentra base en lo señalado por la Constitución y también por lo expresado por altos funcionarios de organismos internacionales de defensa de derechos humanos, como la Alta Comisionada Michelle Bachelet, la directora ejecutiva de Unicef y también lo subrayado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Entre las medidas propuestas, se destaca la necesidad de impulsar, en coordinación con el Ministerio Público, el uso de la remisión. También podría encargarse a la Defensa Pública solicitar variaciones de internamiento preventivo y verificar si se ha cumplido el plazo máximo de internamiento.

Asimismo, la Defensoría considera apropiado evaluar la posibilidad de regular la concesión de indultos a adolescentes infractores, interpretando las facultades constitucionales que tiene el Presidente de la República, en concordancia con el principio del interés superior de la niñez y adolescencia, entre otras.

La institución señala que en consonancia con las medidas propuestas, a los adolescentes eventualmente liberados se les debe realizar un seguimiento continuo que garantice su acceso a la atención médica que requieran.


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