De lunes a domingo el toque de queda (inmovilización social obligatoria) será de 9:00 pm. a 4:00 am. Los domingos 16, 23 y 30 de mayo se permitirá la movilización social. Esta podrá hacerse de forma peatonal, en bicicleta, transporte público o taxis, pero no en vehículos particulares, salvo que se tenga el permiso de circulación para cumplir labores esenciales.
Actividades prohibidas
Están prohibido los eventos masivos, carnavales y fiestas costumbristas.
No está permitido ir a playas, ni se podrá bañar en ellas.
No está permitido reunirse con otras personas o realizar fiestas.
Aforos en lugares al aire libre
Tiendas en general como centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, conglomerados. Aforo permitido 30%.
Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias. Aforo permitido: 50%
Restaurantes y afines en zonas internas. Aforo permitido 40%.
Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas. Aforo permitido 30%.
Bancos y otras entidades financieras. Aforo permitido 50%.
Templos y lugares de culto. Aforo permitido 30%.
Actividades de clubes y asociaciones deportivas en espacios cerrados. Aforo permitido 40%.
Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías. Aforo permitido 40%
Actividades al aire libre
Para las actividades en espacios abiertos no hay restricción de aforo, pero sí se debe respetar los protocolos.
Artes escénicas en espacios abiertos.
Enseñanza cultural en espacios abiertos.
Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.
Áreas naturales protegidas, jardines botánicos y zoológicos.
Restaurantes y afines en zonas al aire libre.
Uso de carros particulares
El uso de vehículos particulares queda prohibido los domingos. Es decir, los días 16, 23 y 30 de mayo no se podrá utilizar este medio de transporte.
Transporte interprovincial
El transporte interprovincial terrestre podrá funcionar con un aforo del 50 al 100%, según lo indicado por el Ministerio de Transportes.