| Informativo

Los pagos de las utilidades, la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y las son los más esperados por los trabajadores en planilla, pues suponen un apoyo importante para su economía tanto personal como familiar. ¿Sabes cuándo se deben hacer los depósitos este 2023 y cuánto te corresponderá recibir por cada uno de estos conceptos? Aquí en Trome te lo explicaremos al detalle.

Se trata de derechos sociales que benefician a los trabajadores y los pueden ayudar a pagar deudas, adquirir bienes, planificar un viaje o guardarlo como plan de contingencia.

¿CUÁNDO ME PAGARÁN LOS BENEFICIOS SOCIALES EN 2023?

Si estas en planilla, conoce las fechas en que las empresas te deben depositar tus utilidades, CTS y las gratificaciones:

Utilidades

Este será el primer pago que recibirás. Las empresas que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría están obligadas a distribuir utilidades. Se trata de un porcentaje de las ganancias netas, luego de descontar inversiones e impuestos. Tienen derecho a participar de las utilidades los trabajadores, en planilla, de empresas que generan renta de tercera categoría y tengan más de 20 trabajadores; con excepción de las empresas individuales, microempresas, autogestionarias, cooperativas, comunales, y sociedades civiles.

  • El pago de las utilidades se deberá realizar dentro de los 30 días de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. De acuerdo con el cronograma de vencimiento de la Sunat, que entre el 24 de marzo y el 11 de abril, el pago se hará entre 27 de marzo y el 11 de mayo, de acuerdo con el último número de RUC.
cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Anual de Renta 2022 (Foto: Sunat)
cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Anual de Renta 2022 (Foto: Sunat)

CTS

La Compensación de Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral intangible, que fue creado para atender contingencias que se originen, mientras busca un empleo, por empleo, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo. Sin embargo, en la actualidad es de libre disponibilidad hasta el 31 de diciembre. La CTS equivale, en promedio, a una remuneración anual, la cual debe ser depositada por el empleador a favor del trabajador en dos partes de 50% cada una.

  • El primer depósito: debe hacerse hasta el 15 de mayo y, de acuerdo con el , abarca periodos de trabajo de noviembre a abril.
  • El segundo desembolso: tiene plazo hasta el 15 de noviembre y comprende de mayo a octubre.

¿Cómo calcular la CTS?

Para calcular CTS debes considerar la Remuneración computable (RC): pago básico que recibe el empleador por sus servicios prestados. Además, de considerar los elementos que participan en el cálculo:

  • Tu sueldo sin descuentos.
  • Monto de asignación familiar (si es el caso).
  • Suma total de horas extras en el último semestre dividido entre 6.
  • Gratificación: se calcula sumando todas las remuneraciones y dividiéndolas entre 6. Si en caso se recibiese una asignación mensual, se debe a cada remuneración mensual agregar ese monto y dividir entre 6.

¿Qué pasa si la empresa no deposita la CTS?

Si el empleador no deposita la CTS, o no hace el abono completo ni dentro de la fecha, esto se considera una infracción grave pasible de ser sancionada con montos considerables:

  • La multa es entre S/6,908 y S/114,928, dependiendo del número de trabajadores afectados.

MÁS INFORMACIÓN SOBRE LA CTS

CINCO COSAS QUE DEBES SABER SOBRE LA CTS

La Compensación por Tiempo de Servicios () es un beneficio social que tiene como objetivo proteger al trabajador ante el cese laboral y al que están obligados los empleadores de la micro, pequeña, mediana y gran empresa. Antes de acceder a ella, existen algunos detalles .

GRATIFICACIÓN Y AGUINALDO, ¿CUÁL ES LA DIFERENCIA?

¿Gratificación y aguinaldo son lo mismo? Si bien, se tratan de bonificaciones que se entregan en julio y diciembre a los trabajadores en el Perú, existe confusión y muchos utilizan los términos como sinónimos. Sin embargo, son diferentes, principalmente en montos y a quiénes están dirigidas. .

LA LIBRE DISPONIBILIDAD DEL 100% DE LA CTS

Mediante la Ley N° 31480 (25/5/2022), se autorizó a los trabajadores, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2023, a disponer libremente del 100% de los depósitos por compensación por tiempo de servicios efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.

EL RETIRO DE LA CTS QUE EXCEDE A SUELDOS

Vale precisar que se mantiene vigente la Ley N° 30334, según la cual los trabajadores pueden retirar de su CTS el exceso de cuatro sueldos.

En caso de que el trabajador decida retirar su CTS, debe comunicarlo por escrito a su empleador, para que este le informe a la entidad financiera donde está depositada la CTS (banco, financiera, caja, entre otros) precisando cuál es el monto que se podrá disponer libremente.

Para determinar el monto intangible, se debe considerar el último sueldo que tuviera el trabajador a la fecha en la que solicita el retiro, multiplicado por cuatro.

¿QUIÉNES NO TIENEN DERECHO A CTS?

Conforme a ley, no tienen derecho a este beneficio:

– Los trabajadores que laboran menos de cuatro horas diarias

– Los que perciben el 30% o más de las tarifas que paga el público

– Los trabajadores de la microempresa contratados después de su inscripción de la empresa en el Remype

– Los trabajadores que perciben remuneración anual integral

– Los trabajadores del régimen laboral agrario que han optado por cobrar su CTS juntamente con su remuneración (Ley N° 30110 y D. S. N° 005-2021-Minagri).

CASO DE EMBARGO Y RETENCIÓN DE CTS

Los depósitos de la CTS pueden ser embargados cuando el trabajador tenga deudas por alimentos y hasta el 50%. Tenga en cuenta que la CTS se deposita obligatoriamente en el banco elegido por el trabajador, aun cuando exista embargo judicial por deudas de alimentos.

En este caso, la empresa debe informar al juez que la CTS ha sido depositada conforme a ley y que, en todo caso, el embargo se debe solicitar al banco depositario, salvo que se trate de la CTS que se consigna en la liquidación del trabajador que cesa y cuyo plazo para su depósito aún no ha vencido.

MULTAS POR NO DEPOSITAR LA CTS

La Sunafil puede aplicar multas por no depositar la CTS en el plazo establecido (infracción grave) y por no entregar la hoja de liquidación con el cálculo de la CTS, dentro de los cinco días de efectuado el depósito (infracción leve).

Las escalas de multas laborales vigentes fueron aprobadas por D. S. N° 008-2020-TR (10/2/20). Se trata de tres escalas de multas diferenciadas, la primera para la micro empresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa (No Mype).

Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT (4600 soles, vigente en el 2022).

Las multas para micro y pequeñas empresas inscritas en Remype no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.

Contenido sugerido

Contenido GEC