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Cuánto y a quiénes les tocará de aguinaldo por Fiestas Patrias

Conoce el monto de esta bonificación estatal, que corresponde al mes de julio.

Mientras los empleados el sector privado esperan el pago de la gratificación, el gobierno debe por Fiestas Patrias a los trabajadores del sector público. En esta nota te indicamos los montos, cuándo se hará el pago y a quiénes les corresponde.

Según la ley nacional, el aguinaldo es una bonificación que se entrega sólo a los funcionarios públicos y servidores nombrados y contratados.

Para recibir este derecho social, los trabajadores deben estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Ley Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas.

¿CUÁNTO DARÁN DE AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS?

De acuerdo con lo dispuesto mediante la Ley N° 31638, , el aguinaldo por Fiestas Patrias será hasta la suma de S/300. En el caso de los Internos de Medicina Humana y Odontología, cabe mencionar, el monto será de S/100.

Para el aguinaldo de Navidad de 2022, el pasado 18 de diciembre, la presidenta Dina Boluarte anunció que, previa coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, se decidió elevar este beneficio a 500 soles. Hasta el momento, no se ha informado sobre ningún incremento similar este mes de junio.

Trabajadores del sector público recibirán beneficio (Foto: Andina)

¿CUÁNDO SE PAGARÁ EL AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS?

El abono del aguinaldo ser incluirá en las planillas de pago correspondientes a julio.

¿A QUIÉNES LES CORRESPONDE EL PAGO DEL AGUINALDO POR FIESTAS PATRIAS?

El aguinaldo por Fiestas Patrias será para los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.

También incluye a docentes universitarios bajo la Ley N°30220, personal de salud, obreros permanentes y eventuales del sector público, personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; al igual que a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de las leyes 15117, 19846, así como de los decretos 20530 y 28091, incluyendo a los trabajadores contratados por el régimen CAS.

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