Las empresas tienen máximo hasta el 15 de noviembre para realizar el segundo depósito anual de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), que en la actualidad tiene libre disponibilidad. ¿Sabes cómo calcular cuánto te corresponde recibir?
La CTS es un beneficio social que tiene como objetivo proteger al trabajador de las contingencias que pueden originarse como consecuencia del cese en el trabajo.
Los empleadores de la micro, pequeña, mediana y gran empresa, según sea el caso, deben hacer en noviembre el abono correspondiente al período semestral mayo 2022-octubre 2022. Conoce más sobre este beneficio laboral y saca la calculadora para saber cuánto te corresponde cobrar.
La CTS equivale, en promedio, a una remuneración anual, la cual debe ser depositada por el empleador en favor del trabajador en dos partes de 50 % cada una.
De esta manera puedes calcular cuánto recibirás por tu CTS, de acuerdo con lo que explicó el associate partner del Área Laboral de EY Perú, Mauricio Matos, a la agencia Andina:
De acuerdo con el portal Comparabien, así puedes calcular:
NOTA: En algunos casos se le sumarán horas extras, comisiones o los bonos recibidos por el trabajador. Esto dependerá del régimen laboral en el que se encuentre.
De acuerdo a Mauricio Matos, Associate Partner del Área Laboral de EY Perú, el empleador tiene la obligación de otorgar una liquidación de cálculo de la CTS a cada trabajador, así como acreditar el depósito en la cuenta del sistema financiero escogida por el trabajador.
Para dicho cálculo, se toma como referencia la remuneración percibida por el trabajador al 30 de abril o al 30 de octubre, dependiendo de si se trata del depósito de mayo o del depósito de noviembre respectivamente.
El especialista sostuvo que, en ambos casos, la CTS a depositar equivale al 50% de dicho monto en cada oportunidad. Agregó que debe incluirse también 1/6 de la gratificación del periodo correspondiente.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) indica que si el empleador no deposita la CTS, o no hace el abono completo ni dentro de la fecha, esto se considera una infracción grave pasible de ser sancionada con montos considerables:
Sí. Los trabajadores pueden retirar lo que le depositen en noviembre y, en realidad, todo el 100% de su fondo de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), de acuerdo con una norma aprobada por el gobierno y que está en vigencia desde junio pasado.
El Ejecutivo publicó en el Diario Oficial El Peruano el DS Nº 011-2022-TR que autoriza a los trabajadores, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2023, a disponer libremente del 100% de los depósitos por compensación por tiempo de servicios efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.
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