La campaña navideña ya empezó y muchas empresas o emprendimientos ya han puesto en marcha sus diferentes estrategias para potenciar imagen y ventas. Según la Cámara de Comercio de Lima, se espera que esta campaña navideña 2023 represente el 40% de los ingresos anuales de las micro, pequeñas y medianas empresas del país, una recuperación significativa, luego de las pérdidas generadas por la crisis política y el Fenómeno de El Niño.
En este contexto, muchas organizaciones han previsto dentro de sus planes de marketing digital contratar a influencers que hablen e impulsen la compra de sus productos, una iniciativa que tiene considerables ventajas como un fuerte retorno de inversión, un mejor alcance y un mayor posicionamiento SEO. No obstante, desde julio de este año, los creadores de contenido que busquen promocionar algún producto deberán empezar a cumplir con ciertas obligaciones tributarias.
“El próximo 31 de diciembre termina el periodo de ‘marcha blanca’ establecido por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) para que los influencers o cuentas comerciales en redes sociales puedan alinearse a las nuevas obligaciones tributarias en sus contenidos y se sumen a la formalización. Esta nueva norma no solo aplicará para los conocidos creadores de contenidos, sino también para empresas grandes y hasta mypes que ofrezcan algún producto o servicio mediante redes sociales”, detalló Lola Hurtado, coordinadora académica de la carrera de Contabilidad de Certus.
En ese sentido, la académica agrega que, estando a solo semanas de iniciar el periodo comercial por fiestas navideñas, es necesario recordar los puntos claves para contratar estos servicios en redes sociales:
Con la nueva norma de SUNAT, se ha establecido que solo ciertas actividades sean consideradas como renta de tercera categoría y deban cumplir con la normativa establecida. Estas son cuatro: las ganancias generadas por el pago de una empresa a un influencer, los ingresos que se obtienen por parte de la plataforma por la creación de sus contenidos, la recaudación que generan a través de las donaciones de sus seguidores y otros ingresos de la plataforma por la colocación de publicidad.
“De estas actividades, la primera acción es la que involucra a los emprendedores directamente y debe tomarse en cuenta para la contratación de un creador de contenido sea influencer, tiktoker, streamer o youtuber”, agregó Hurtado.
Otro punto importante para considerar en la contratación de un influencer es que, para realizar cualquiera de las actividades antes mencionadas, los youtubers o dueños de las cuentas influyentes deberán contar con un RUC, ya sea como persona natural o negocio. Esto les permitirá emitir comprobantes de pago como la factura.
“Cada negocio que decida contar con estas acciones de promoción en redes sociales debe exigirles que cuenten con un RUC y emitir facturas con el objetivo de tener los sustentos para deducir gastos. Este documento deberá incluir datos como los nombres y apellidos del influencer, descripción de los servicios prestados, así como el monto acordado”, explicó la académica de la escuela superior Certus.
Finalmente, todas las publicaciones realizadas por los influencers con motivos comerciales deberán incluir tanto el RUC y la razón social. Al respecto, la coordinadora académica de la carrera de Contabilidad de Certus, señala que esta medida brindará a los consumidores protección frente a posibles casos de estafas o fraudes. “Ello es posible gracias a la identificación que tendrá cada una de las cuentas en redes sociales a través del registro del contribuyente”, puntualizó la especialista.
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