Muchos han escuchado del justo, el cual es un beneficio tributario que trata de beneficiar a pequeños y medianos empresarios, a la cual solo aplicarán aquellas empresas que facturen hasta 1,700 UIT al año, y que tengan un buen récord de pago de tributos a la Sunat. Además, también están excluidas las MYPES que mantengan deudas tributarias exigibles coactivamente mayores a una UIT (S/.3,950), las MYPES que tengan como titular a una persona natural o socios condenados por delitos tributarios o en proceso concursal.

Más información IGV Justo: ¿sabes en qué te beneficia?

¿Cómo te puede beneficiar el IGV Justo?

Este permite que los micro y pequeños empresarios como tú puedan cancelar el IGV no dentro de los 30 días posterior a la emisión de la factura, sino hasta 90 días después. Hay muchas MYPES que proveen servicios a grandes empresas, que generalmente, pagan de 45 a 90 días (3 meses). No obstante, mientras que estos emprendedores deben esperar entre 45 y 90 días para cobrar, la Sunat ya les generó la obligación de pagar el IGV dentro de los primeros 30 días.

Esto genera una reducción de las utilidades del mes, por lo que el Emprende Trome debe sacar recursos de otras ganancias para estar en regla con la Sunat, hasta la espera de su próximo pago, y así sucesivamente. Esto genera problemas de liquidez, teniendo en cuenta que no se trata de grandes empresas, sino negocios muchas veces de supervivencia.

Si bien la norma no ataca los problemas de fondo de la MYPE, cuyo principal reto es generar mayores ingresos, incrementar la productividad, contar con más gestión empresarial y simplificar el sistema tributario para que las pequeñas empresas paguen impuestos fácilmente, es un paso en el sentido correcto. Ya sabes Trome, esto te permitirá hasta dos o tres periodos de gracia, para poder reinvertir tus utilidades en seguir creciendo y pagar impuestos solo cuando te paguen.

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