sabe que su partido está lejos de la ‘remontada’ y parece resignado a que continuará detenido en la prisión de máxima seguridad Brians 2 y permanecerá en esta condición hasta que empiece su juicio por en la discoteca Sutton de Barcelona en dieimbre del 2022.

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Diario El Mundo de España, citó a fuentes judiciales sobre los cargos que afronta Dani Alves y los especialistas determinaron que el futbolista brasileño estaría expuesto a una condena de entre 8 a 10 años de prisión efectiva.

Se tendrá en cuenta el presunto abuso de superioridad del acusado al forzar a la víctima, tal y como ella declaró primero ante la policía, luego en el juzgado. Para ello se tendrá en cuenta su supuesta intención de engañarla al no decirle que iban al lavabo y después los presuntos golpes que le dio dentro del baño para forzarla”, señaló el diario español que reconoce que la pena máxima para este tipo de delitos es de 12 años.

Dani Alves permanecerá preso hasta final de juicio

El abogado defensor del exlateral de FC Barcelona, sigue en la lucha por demostrar su inocencia y acumular pruebas que demuestren que la relación sexual entre el deportista y la joven española fue consentida. Sin embargo las múltiples contradicciones han complicado la tarea del famosos abogado catalán, Cristóbal Martell, quien ha buscado apoyo de la pareja de Dani Alves, pero no lo ha conseguido.

Pese a los pedidos de comparecencia de la defensa de Dani Alves, el Tribunal de Barcelona ha decidido negar este pedido por el riesgo de fuga del denunciado y porque el juicio se daría en los próximos meses y no se dilataría como lo supone la defensa.

Debemos añadir que la instrucción está prácticamente finalizada, cuando ha transcurrido un mes desde la detención del señor Alves”, indicó la Audiencia de Barcelona.

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Diario El Mundo también asegura que el jugador no llegaría a cumplir exceso de carcelería provisional. “Es previsible que en un corto periodo la instrucción esté completada y concluido el sumario, por lo que la prisión provisional puede mantenerse durante un lapso temporal razonable, sin alcanzar los máximos legamente previstos”, apuntó la Audiencia de Barcelona.


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