Las agencias de empleo que ofrecen colocación en puesto laboral a las trabajadoras del hogar están prohibidas de hacerles cobros que afecten su economía, sostuvo la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
Este jueves es el Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar y la entidad informó que deben tener contrato formal y remuneración no menor que la mínima vital (S/ 1025) por jornada completa de 8 horas diarias o 48 horas semanales.
La retribución a la agencia por el contrato de trabajadoras del hogar debe realizarla el empleador (persona que contrata al personal).
¿Te despidieron embarazada o por tener alguna discapacidad? Sabías que está prohibido echar a un trabajador por tener esas condiciones y a eso se considera despido nulo. En esta nota, de acuerdo con información de Sunafil, te indicamos cómo identificarlo y qué debes hacer ante un caso de ese tipo.
El despido nulo ocurre cuando el empleador rescinde el contrato del trabajador por un motivo prohibido y que se considera un acto lesivo a los derechos fundamentales del trabajo. Muchas veces, por desconocimiento, el empleador decide despedir a un trabajador que se encuentra en una situación particular, sin embargo, la ley no lo permite.
¿EN QUÉ CASOS EL DESPIDO ES NULO?
Los motivos prohibidos determinados en el despido nulo son aquellos vinculados con los derechos fundamentales del trabajador, no solo con los de carácter laboral, sino, sobre todo, con los de la persona humana. Estos son:
¿QUÉ DEBO HACER SI MI DESPIDO NO ES LEGAL?
En caso hayas sido contratado bajo el régimen laboral privado y has sido despedido, pero la causa es considera nula, puedes denunciar a tu empleador ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
¿CÓMO DENUNCIO EL DESPIDO NULO ANTE SUNAFIL?
La denuncia la puedes hacer a través de dos canales:
Virtual
Presencial
¿DÓNDE ME PUEDEN ORIENTAR PARA HACER UNA DENUNCIA?
En caso la trabajadora no esté segura de hacer la denuncia laboral, puede buscar orientación sobre su caso particular:
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