La Municipalidad de San Bartolo publicó la ordenanza N°271-2019 que previene, prohíbe y sanciona a quienes realicen y toleren el acoso sexual en los espacios públicos del distrito en contra de toda persona.
La disposición publicada hoy en el boletín del diario oficial El Peruano y aprobada por el pleno de Concejo Distrital, sanciona hasta con 1 UIT (S/4,200 soles) a quienes realicen el acoso sexual de categoría grave como tocamientos, frotamientos, frotamientos contra el cuerpo, masturbación pública y exhibicionismo.
En tanto por realizar actos o comportamiento físico o verbal de índole sexual leve contra una o varias personas en espacios públicos (frases, gestos, silbidos y sonidos de besos), se sancionará al acusado(a) con el 20% UIT, equivalente a S/. 840.
La ordenanza, que es de cumplimiento obligatorio, ordena la colocación de anuncios en espacios públicos (parques, plazas, paraderos, mercados de abastos, inmediaciones de centros educativos u otros similares), en establecimientos, en obras en proceso de edificación y en vehículos de transporte público.
La leyenda que irá en los carteles será: “Está terminantemente prohibido realizar comportamientos físicos o verbales de connotación sexual que agravien a cualquier persona que se encuentre y/o transiten por este lugar”.
Lo establecimientos que no cumplan con esta señalización serán sancionados con 50% UIT (S/ 2,100).
El dispositivo también señala que la Gerencia de Desarrollo Social y de la Mujer de la Municipalidad de San Bartolo tiene la responsabilidad de coordinar, implementar y realizar el seguimiento y evaluación de las acciones de prevención, prohibición y sanción de la población frente al acoso sexual en espacios públicos.
La referida labor contará con el apoyo de la gerencia de Seguridad Ciudadana para la atención y coordinación con los servicios especializados frente a los casos de acoso sexual en espacios públicos del distrito de San Bartolo.
Por esa razón, la Municipalidad ejecutará capacitaciones a funcionarios, personal administrativo y miembros del serenazgo. Esto se verá reforzado con campañas de información, sensibilización y educación. En tanto, el área de Fiscalización y Desarrollo Económico se encargará de vigilar y aplicar las sanciones que sean necesarias a los infractores.
La ordenanza precisa que la presente norma es de cumplimiento obligatorio también para el personal del municipio. De esta manera, la Municipalidad de San Bartolo se suma a las más de 20 comunas que no contaban con una regulación en contra del acoso sexual callejero.