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¿Cuáles son las obligaciones de los colegios privados ante aforo al 100% en aulas?

Los colegios privados deben continuar con los protocolos de bioseguridad frente al coronavirus a fin de evitar contagios entre la plana docente, administrativa y estudiantes.

Desde el pasado 25 de abril las instituciones educativas públicas y privadas a nivel nacional pueden operar con aforo al 100% y ya no es necesario el metro de distancia obligatorio en las aulas.

En ese contexto, el exhortó a los directivos y maestros respetar todas las disposiciones del gobierno para poder garantizar el bienestar y la buena salud de los estudiantes, y así evitar la propagación del coronavirus (COVID-19).

Por ello, la entidad dio a conocer cuáles son las obligaciones de los colegios privados ante el retorno a clases con aforo al 100%:

Exhortan a los directivos y maestros cumplir con las disposiciones del Gobierno. Foto: Indecopi

¿Qué actividades siguen suspendidas en los colegios?

El Minedu también precisó que mientras dure el estado de emergencia sanitaria, se suspenden los desfiles escolares, actuaciones y formaciones durante la jornada escolar, así como todo tipo de reunión que implique concentración o aglomeración, salvo las actividades que promuevan el deporte y el soporte socioemocional para los estudiantes.

¿Qué hacer en caso se detecte un caso positivo COVID-19?

De acuerdo a la , aprobada mediante la resolución ministerial N° 186-2022-MINEDU, el servicio educativo presencial deberá ser suspendido en el aula en la que se encontró un caso confirmado o sospechoso de COVID-19 por el periodo de cuarentena establecido por el Minsa.

Asimismo, deberán realizar cuarentena -por los días establecido por el sector Salud- los estudiantes y los docentes del aula en la que se identificó el caso, así como las personas que hayan estado en contacto con el caso sospechoso o confirmado de COVID-19.

Requisitos para que colegios operen al 100%

Es importante recordar que, el Decreto Supremo Nº 041-2022-PCM señala que, toda persona que asista a instituciones públicas y privadas, debe acreditar haber recibido las tres dosis de vacunación contra el coronavirus. En ese sentido, los maestros y personal administrativo de los colegios privados también deberán cumplir con esta disposición.

Reclamos o denuncias

Por su parte, el Indecopi insta a los padres de familia a mantenerse vigilantes del cumplimiento de sus derechos como usuarios del servicio educativo privado y recuerda que ante cualquier situación que vulnere sus derechos como consumidores, pueden presentar su reclamo o denuncia a través de sus canales de atención:

Además, pueden reportar cualquier hecho irregular, inclusive, de manera anónima, a través del Formulario de Vigilancia Ciudadana:

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