Tras el escándalo del con  que remeció a la industria láctea, el Gobierno decidió poner manos a la obra en el tema referido a la publicidad engañosa y le puso la mira a la publicidad de los medicamentos en el Perú.

informó que el prepublicó una norma técnica de salud que establecerá los criterios éticos para la promoción y publicidad de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios.

Esta norma busca que la información que las empresas farmacéuticas difundan en sus anuncios “favorezca la utilización racional y adecuada” de los productos que se ofertan en los anaqueles de las boticas y farmacias del país.

Asimismo, fomentar la educación, responsabilidad y valoración de la salud por parte de los usuarios ante los riesgos de la promoción y publicidad irregular o engañosa, así como promover que en los anuncios se incluya los beneficios y los riesgos asociados a su uso.

Esta norma técnica del Ministerio de Salud aún es un proyecto que será publicado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), que por un plazo de 15 días recibirá sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas y la ciudadanía.

Otro aspecto a considerar es que en la información que se difunde debe incluirse el número de registro sanitario otorgado por la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM).

En el caso de productos sanitarios (incluidos cosméticos, de higiene doméstica y absorbentes de higiene personal), deberán incluir el código de notificación sanitaria obligatoria o el número de constancia de reconocimiento del mismo.

Además, la promoción y publicidad no debe contener exageraciones o imprecisiones sobre las propiedades terapéuticas, nutricionales, cosméticas, diagnósticas, preventivas o de cualquier naturaleza que no hayan sido reconocidas o aprobadas por la ANM en su registro sanitario.

La norma -similar a a quien dé información falsa sobre alimentos, medicamentos y demás- remarca que no se puede afirmar por ningún motivo que un producto es inocuo o seguro sin un sustento técnico o científico. “Del mismo modo, tampoco se puede sugerir o alegar que un producto es más seguro que otro, sin evidencias científicas”, añade.

El proyecto también señala que los mensajes, símbolos e imágenes que se difundan no deben distorsionar ni inducir a error o confusión, como ocurrió en el caso del Grupo Gloria y la inclusión de una vaca en la etiqueta de su producto lácteo Pura Vida.

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