Susana Villarán debe cumplir varias reglas de conducta mientras duren los procesos que se le siguen por corrupción.
Susana Villarán debe cumplir varias reglas de conducta mientras duren los procesos que se le siguen por corrupción.

Esta semana, el Equipo Especial Lava Jato de la Fiscalía allanó varias oficinas de la empresa Lima Expresa, vinculada e la exalcaldesa de Lima Susana Villarán en el proceso que se le sigue por presuntos aportes ilícitos de empresa brasileñas Odebrecht y OAS, por lo que el Ministerio Público ha solicitado 29 años de cárcel en su contra, pero, además, ha pedido incrementar sus reglas de conducta y se le imponga como medida especial, 36 meses de impedimento de salida del país.

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Villarán de la Puente fue excarcelada en mayo del 2020, luego de permanecer recluida en el Penal de Mujeres de Chorrillos por casi un año, en el marco del proceso que se le seguía por la presunta recepción de dineros ilícitos para su campaña contra la Revocatoria del 2013 y para su campaña de reelección municipal del 2014.

En aquel momento, el juez dispuso variar su prisión preventiva por la de arresto domiciliario, imponiéndole cinco reglas de conducta.

¿Cuáles son las reglas de conducta que debe cumplir?

Entre las primeras que se le impusieron se incluían: la prohibición de comunicarse con sus coimputados, no realizar reuniones sociales en su domicilio y el pago de una caución de S/20 mil, entre otras.

Un año después, el 21 de mayo del 2021, el magistrado rechazó un pedido fiscal para prolongar la detención domiciliaria de la exburgomaestre, pero impuso dos nuevas normas de conducta más que debía cumplir: la obligación de no ausentarse del lugar de su domicilio sin autorización judicial y quedó impedida de salir al extranjero.

Cuando la Fiscalía presentó su acusación en agosto del 2022, requirió que se acumulen 17 reglas de conducta, entre las que figuran: incrementar a S/500 mil la caución, comparecer al juzgado cada 15 días para informar sobre sus actividades, prohibición de comunicarse con sus coimputados, prohibición de comunicarse con abogados de sus coimputados, prohibición de comunicarse con jueces, fiscales o procuradores, integrantes del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), prohibición de emplear redes sociales para obstruir la administración de justicia, prohibición de ausentarse de su lugar de residencia y salir de Lima etc.

Además, requirió que se dicte “la medida de impedimento de salida del país por 36 meses” contra la exalcaldesa de Lima, de acuerdo al artículo 349 del Código Procesal Penal donde se le permite presentar junto a la acusación las medidas limitativas.

Susana Villarán, ha solicitado a un tribunal que se anule la orden que la conmina a pedir autorización judicial cada vez que quiera ausentarse de su domicilio. Esta regla le fue impuesta cuando se varió su arresto domiciliario.

El abogado de la exalcaldesa, Raúl Pariona, argumentó que las condiciones en que se dictó la medida han variado, ya que por más de tres años se ha llevado adelante la investigación preparatoria, esta ha concluido y ya hay una acusación. Sumado a que su patrocinada tiene 72 años y vive sola.

¿DE QUÉ SE LE ACUSA?

Villarán es acusada por los delitos de asociación ilícita, lavado de activos, colusión agravada, colusión simple, delito contra al fe pública – falsedad genérica, por el delito contra la administración de Justicia - falsa declaración en procedimiento administrativo, existiendo un concurso real de delitos.

Según la acusación, la exalcaldesa logró que las empresas Odebrecht, OAS y Graña y Montero le entreguen US$11′293.816,68 para financiar sus campañas en 2013 y 2014.

También se le viene siguiendo un proceso por colusión agravada y otros delitos debido a presuntas irregularidades en Adenda Nro. 1 al contrato de concesión del Proyecto Línea Amarilla del 2013, el reajuste de la tarifa de los peajes de las vías administradas por la empresa LAMSAC en 2013 y el trato directo entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y la empresa LAMSAC (2014).

Según la Fiscalía, la exburgomaestre habría defraudado patrimonialmente a la Municipalidad Metropolitana de Lima, dado que habría incidido en la suscripción de la adenda No 1, al contrato de concesión del proyecto Línea Amarilla a favor de empresas brasileñas y habría tenido conocimiento de los tratos directos para beneficiarlos en los réditos que construcción y mantenimiento de los proyectos a cargo de Lamsac.

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