La Segunda Vuelta de las Elecciones Presidenciales 2026 convocó este 7 de junio a millones de ciudadanos para elegir al próximo presidente del Perú. Sin embargo, quienes no participen en la jornada electoral deberán afrontar consecuencias establecidas por la normativa vigente.
Debido a que el voto es obligatorio para los peruanos mayores de 18 años, el incumplimiento del deber cívico genera una sanción económica. El monto dependerá de diversos factores establecidos por las autoridades electorales.
El valor de la penalidad no es igual para todos los electores. El sistema toma en cuenta la clasificación socioeconómica del distrito que figura en el Documento Nacional de Identidad (DNI).
Para determinar los importes, las autoridades utilizan como referencia la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que durante 2026 asciende a S/5.500. Sobre esa base se calcula la multa correspondiente.
Los ciudadanos que pertenecen a un distrito considerado no pobre deberán cancelar S/110, equivalente al 2 % de la UIT vigente.
Por otro lado, quienes residen en una jurisdicción catalogada como pobre no extrema recibirán una sanción de S/55. En tanto, los electores de zonas de pobreza extrema deberán abonar S/27,50.
Las autoridades recordaron que las penalidades pendientes no desaparecen con el paso de los meses. Por ello, quienes omitieron votar en la primera vuelta y tampoco participaron en la segunda acumularán ambas obligaciones.
Esto significa que el ciudadano deberá cancelar todas las deudas electorales registradas para regularizar su situación ante el Estado y evitar futuras restricciones administrativas.
La multa más elevada dentro del sistema electoral corresponde a los ciudadanos designados como miembros de mesa que no cumplan con la función asignada durante los comicios. Si una persona sorteada para desempeñar esa labor se ausenta este 7 de junio, deberá pagar S/275. Esta cifra representa el 5 % de la UIT establecida para el presente año.
La situación se complica cuando un miembro de mesa tampoco ejerce su derecho al sufragio. En ese escenario, ambas sanciones se suman.
Por ejemplo, un ciudadano de un distrito no pobre que fue seleccionado como miembro de mesa y no acudió a votar podría acumular una deuda total de S/385.
Antes de realizar cualquier trámite, se recomienda verificar si existen obligaciones pendientes de procesos anteriores, incluidas elecciones municipales o la primera vuelta presidencial.
Para ello, el Jurado Nacional de Elecciones cuenta con la plataforma virtual ‘Multas Electorales’, donde cada ciudadano puede revisar su situación utilizando únicamente su número de DNI y el código de verificación correspondiente.
Permanecer en el registro de deudores electorales puede generar diversas limitaciones administrativas y civiles que afectan distintos procedimientos.
Entre ellas figuran dificultades para renovar o solicitar un duplicado del DNI, inconvenientes en trámites notariales y judiciales, restricciones para acceder a determinados programas sociales y complicaciones en algunas operaciones financieras.
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