¡ATENCIÓN! El Tribunal Constitucional dispuso la noche de este jueves 30 de julio declarar la nulidad de todo el proceso penal que se le sigue al expresidente Ollanta Humala Tasso por el delito de lavado de activos.
El TC falló a favor del exmandatario y además, declaró anular la condena de quince años de prisión, sentencia que se impuso el 29 de abril del 2025.
De esta manera, se ordenó el archivo definitivo y total de su proceso por lavado de activos por los presuntos aportes ilícitos en sus campañas electorales del 2006 y el 2011.
“Declarar fundada la demanda, al haberse acreditado la vulnerabilidad de los principios de legalidad y tipicidad conexos al derecho a la libertad personal”, señala el documento a favor de Humala Tasso.
Tras la resolución del TC, el juzgado está en la obligación de definir la situación legal del expresidente Ollanta Humala; mientras la Fiscalía penal deberá emitir la disposición para archivar las investigaciones preliminares en su contra.
El argumento del Tribunal Constitucional a favor de Humala Tasso se basa en que los hechos imputados contra el exmandatario sobre la recepción de activos para sus campañas no encajaban en el delito de lavado de activos de aquellos años.
El ente indicó que la modalidad de “receptación patrimonial” recién se incorporó al ordenamiento jurídico peruano con el Decreto Legislativo 1249, el cual entró en vigencia desde noviembre de 2016.
En segundo lugar, el falló del TC también señala: “El juez no puede condenar sobre la base de una norma jurídica que estaba derogada cuando ocurrieron los hechos o que entró en vigor con posterioridad”.
Por último el Tribunal Constitucional señaló la falta de precisión por parte de los jueces penales y de la Fiscalía al momento de concretar el origen ilícito del dinero, supuestamente maculados de las empresas brasileñas Odebrecht y OAS o de Venezuela.
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