El Ejecutivo presentó el proyecto de reforma constitucional para que se acorte el mandato de Dina Boluarte y del Congreso de la República, y que se lleve a cabo un adelanto de elecciones para abril del 2024.
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El proyecto de ley 3755/2022-PE ingresó formalmente a la mesa de partes del Parlamento al mismo tiempo que llegaron Pedro Angulo, presidente del Consejo de Ministros; junto a los ministros Alberto Otárola y César Cervantes, llegaron para exponer las acciones tomadas ante las protestas y bloqueos de carreteras y aeropuertos.
¿Qué dice el proyecto de adelanto de elecciones?
La iniciativa se titular textualmente “Reforma constitucional que modifica el mandato de la presidenta de la República, de las y los congresistas y representantes ante el Parlamento Andino, y establece el adelanto de elecciones generales para el año 2024″.
Específicamente, señala que se debe agregar una cuarta disposición transitoria especial a la Constitución:
“La presidenta de la República actualmente en funciones, elegida en las Elecciones Generales de 2021, concluye su mandato el 28 de julio del 2024. Las y los congresistas y representantes ante el Parlamento Andino elegidos en las Elecciones Generales 2021 culminan su representación el 26 de julio de 2024. No son de aplicación para ellos, por excepción, los plazos establecidos en los artículos 90 y 112 de la Constitución”, manifiesta el documento.
“Asimismo, la presidenta de la República convocará a elecciones generales, las que se llevarán a cabo en el mes de abril de 2024″, agregaría la cuarta disposición.
Plazos de elecciones generales del 2024
En lo que respecta al cronograma electoral, el proyecto planteado por el Gobierno menciona en su exposición de motivos que la Constitución señala que el presidente de la República presta juramento de ley y asume el cargo ante el Congreso el 28 de julio del año que se realiza la elección, aspecto que también está en la Ley Orgánica de Elecciones.
También se precisa que los congresistas hacen lo propio el 28 de julio y que la convocatoria a elecciones generales se hace con una anticipación no menor a los 270 días de la fecha del acto electoral.