La lentitud del Poder Ejecutivo para observar o promulgar la ley que restablece la detención preliminar en casos de no flagrancia, podría deberse para beneficiar al vocero presidencial Fredy Hinojosa. Así lo indicó a Trome el abogado penalista Andy Carrión.
“El Congreso ya se ha rectificado, aprobando esta norma. Pero quien insiste en el error y no quiere modificar absolutamente nada, es el Poder Ejecutivo, y podría ser por un presunto conflicto de intereses, porque al día de hoy, el vocero presidencial, Fredy Hinojosa, está en una investigación en la que también le solicitaron una detención preliminar”, dijo a nuestro diario.
En ese sentido, remarcó que ‘el Ejecutivo está actuando de una manera negligente, generando, no solo impunidad, sino que también está facilitando el accionar de las organizaciones criminales’.
Explicó que con la norma vigente, que establece que no se puede capturar a una persona después de dos días (48 horas) de haber cometido un delito, los grupos criminales tiene una poderosa herramienta.
“Las organizaciones criminales pueden cometer delitos, y luego, pueden esconderse en 48 horas, y no los van a poder detener. La norma vigente genera vacíos de persecución, porque estas personas no pueden ser capturadas, y es más fácil que se escapen de la justicia”, añadió.
ESPERAR DECISIÓN
El exoficial mayor del Congreso, José Elice, le explicó a nuestro medio que por el momento, Dina Boluarte está dentro del plazo para promulgar u observar la norma, sin embargo, detalló que si ella opta por observarla, el Congreso tendría que ir por una insistencia en marzo.
“Podría ser que la promulgue. Es probable que algunos ministerios, o solo el de Justicia, esté revisando la norma. Hay que ver qué pasa en el plazo. Son 15 días hábiles (no se cuentan días feriados y no laborables) y está dentro del plazo. Pero si la observa y el Congreso quiere aprobarla por insistencia, se necesita que se reúna el Pleno, lo que sería en marzo”, acotó.
Además, explicó que también está la posibilidad de que Eduardo Salhuana (APP) la promulgue por su cuenta.
“Si pasan los 15 días, y la presidenta no observa ni promulga la norma, el presidente del Congreso podrá promulgar la norma. Podría hacerlo cuando quiera, no habría plazo”, agregó.
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