Patricia Benavides.
Patricia Benavides.

“El cuestionado fallo del juez Segismundo León será revisado en dos semanas por una Sala Penal Suprema. De no ser ratificado, volverá al Ministerio Público. ¿Prevalecerá la ley o los intereses políticos?”.

Dicha frase la escribí hace unas semanas. El tiempo me ha dado la razón, se impuso la justicia. El jueves, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema decidió anular la controvertida sentencia del magistrado supremo León y dejó expedito el terreno para que Patricia Benavides vuelva a ejercer como fiscal suprema. Hasta el cierre de esta columna, aún no había sido repuesta como tal.

La sentencia estaba cantada, pues la resolución que dictó León, en junio pasado, vulneró todo principio jurídico para impedir que Benavides volviera a su cargo. Lo hizo ante un pedido desesperado de la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, para no cumplir con una resolución de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que ordenaba el retorno inmediato de Benavides.

Como se recordará, dicho juez, en apenas seis horas, aceptó la solicitud de Espinoza y suspendió a Benavides por 24 meses como fiscal de la Nación y fiscal suprema, cargos que ni siquiera ejercía en ese momento.

Benavides apeló y la semana pasada la Sala Suprema, en donde el ponente fue el experimentado vocal supremo César San Martín, anuló el mamotreto judicial de Segismundo León.

Hoy, de acuerdo con los hechos, se puede inferir que el mencionado magistrado fue designado como juez supremo provisional exclusivamente para fallar en contra de Benavides. Solo ejerció ese despacho dos meses. Hace poco renunció al puesto y pidió que lo volvieran a la sala superior donde pertenecía.

La presidenta de la Corte Suprema, Janet Tello, su amiga personal y quien lo nombró como juez supremo, aceptó su requerimiento como si nada hubiera pasado. Se fue calladito días antes de que se conociera el fallo de la Sala Suprema.

Uno de los alucinantes argumentos de León fue que Patricia Benavides tenía una denuncia ante el Congreso por su presunta vinculación con la red de Los Cuellos Blancos del Puerto, sin importarle que la misma había sido archivada.

Sobre ese punto medular, los cincos magistrados supremos —César San Martín, Manuel Luján, María Vásquez, Edhin Campos y Sara del Pilar Maita— coincidieron en afirmar lo siguiente: “Mientras el Congreso no declare haber lugar a la formación de una causa, no es posible pedir y otorgar la medida solicitada de suspensión temporal en el ejercicio del cargo”.

En simple: el Poder Judicial no puede abocarse a ninguna causa contra una fiscal suprema, o cualquier funcionario público de alto rango, si es que el Congreso no lo solicita o lo autoriza. Eso lo sabe hasta un cachimbo de Derecho.

Aquí no se pretende defender a Patricia Benavides, pues los cargos contra ella son graves. Pero toda persona tiene el derecho de ser investigada de una manera imparcial y justa, sin intereses personales y mucho menos políticos. La justicia debe ser igual para todos. Nos vemos el otro martes.

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