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Abencia Meza seguirá en la cárcel: TC declara improcedente demanda para obtener semilibertad

El Tribunal Constitucional resolvió el pedido presentado por la defensa de la excantante folclórica, quien buscaba acceder a un beneficio penitenciario tras cumplir una condena de 30 años por el caso Alicia Delgado.
Abencia Meza seguirá en la cárcel luego que el TC declara improcedente demanda para obtener semilibertad.

continuará recluida en el Penal Anexo Mujeres de Chorrillos luego de que el Tribunal Constitucional (TC) rechazara su solicitud principal para acceder al beneficio de semilibertad. La excantante folclórica cumple una condena de 30 años de prisión por ser considerada autora intelectual del homicidio calificado de Alicia Delgado.

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La defensa de Meza sostenía que sí podía recibir dicho beneficio penitenciario y cuestionó el criterio aplicado por el Poder Judicial en doble instancia. Según su argumento, la fecha que debía tomarse en cuenta era el fallo inicial de la Corte Suprema emitido en 2012 y no la resolución posterior del año 2020.

El año considerado para evaluar el beneficio era clave en el proceso. Si se aplicaban las normas vigentes en 2012, la exartista podía acceder a la semilibertad; sin embargo, con las reglas establecidas en 2020, debía permanecer en prisión.

Esto ocurrió porque en 2019 el Congreso modificó el Código de Ejecución Penal para impedir que personas condenadas por delitos graves, entre ellos homicidio calificado, puedan obtener semilibertad o libertad condicional.

TC rechaza pedido de semilibertad y mantiene su condena.

Para el Tribunal Constitucional, la fecha determinante es el 15 de enero de 2020, día en que la Corte Suprema rechazó por segunda vez el recurso de nulidad contra la sentencia de 30 años de cárcel. En esa jornada, según los magistrados, la condena adquirió firmeza.

“En ese entendido, el artículo 50 del Código de Ejecución Penal, modificado por la Ley 30963, publicada el 18 junio 2019, dispone expresamente la improcedencia del beneficio penitenciario de semilibertad para los condenados, entre otros, por el artículo 108 (homicidio calificado) del Código Penal, aplicable a la favorecida”, señala la sentencia.

TC anuló resolución judicial, pero mantuvo rechazo al beneficio

Aunque el TC declaró fundada en parte la demanda presentada por Abencia Meza, esta decisión no le permitirá recuperar su libertad antes de cumplir la pena impuesta. El organismo anuló una resolución de la Cuarta Sala Penal Liquidadora de Lima, que había confirmado la negativa inicial a otorgarle la semilibertad.

Los magistrados indicaron que los jueces superiores utilizaron un criterio jurisprudencial anterior sobre la aplicación de normas para beneficios penitenciarios. Por ello, consideraron que existió una vulneración al derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales.

Con la nueva evaluación, la Sala Penal Liquidadora deberá pronunciarse bajo el criterio vigente, es decir, tomando como referencia la fecha en que la condena quedó firme: el año 2020. De esta manera, se mantiene la imposibilidad de que Meza acceda a la semilibertad o libertad condicional.

La excantante solo podría reducir parte de su pena mediante beneficios vinculados al estudio o trabajo. En caso contrario, permanecerá recluida hasta el término de su condena, previsto para el año 2041.

Abencia Meza desea volver a los escenarios

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