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¡LINK AQUÍ! Tramita tu nuevo pase vehicular que entra en vigencia desde este jueves

Salvoconducto entra en vigencia desde el 30 de abril. Si ya tienes uno, solo deberás actualizarlo siguiendo algunas recomendaciones que te damos a continuación.

| Últimas noticias | El Ministerio del Interior y Defensa informó que a partir de este jueves entrará en vigencia un nuevo pase vehicular que deberá ser tramitado en la misma página donde se realiza la gestión para el Pase Personal Laboral.

ENTRA AQUÍ PARA TRAMITAR TU NUEVO PASE VEHICULAR

Para ello, el portal del Gobierno nacional puso en vigencia una web para que los trabajadores llenen un nuevo formulario que será más riguroso, ya que ha incorporado información adicional y filtros de verificación para identificar y sancionar a las personas que realicen el trámite sin estar comprendidos dentro de las categorías de trabajadores esenciales.

Entre las nuevas disposiciones de este nuevo pase de tránsito están:

1. El Pase Personal Laboral seguirá rigiendo de acuerdo a las normas estipuladas mientras dure el Estado de Emergencia. Cabe indicar que este pase NO autoriza el uso de vehículos particulares.

2. Aquellas personas que ya cuenten con el Pase Personal Laboral y requieran trasladarse en vehículos, podrán gestionar un Pase Vehicular en el mismo enlace del (), luego de la renovación respectiva, ingresando su número de placa, y se aplicará solo para los siguientes casos:

3. Aquellas personas que transiten en vehículo, además de llevar el Pase Vehicular visible en el parabrisas delantero, deberán portar su Pase Personal Laboral, su fotocheck y su DNI.

4. Los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Instituto Nacional Penitenciario y Bomberos en ejercicio de sus funciones podrán circular con vehículos particulares debidamente identificados.

5. Las personas que requieren asistir a establecimientos de Salud para atención médica de emergencia por encontrarse en grave riesgo, podrán circular con su vehículo particular.

6. Durante la inmovilización social obligatoria y en casos de emergencia, los vehículos deberán transitar con las luces interiores e intermitentes encendidas, a una velocidad no mayor de 30 km/h.

7. Para la adquisición de productos alimenticios, compra de medicamentos o realizar transacciones financieras, solo podrá hacerlo una persona por familia y NO está permitido el empleo de vehículos particulares.

Personas que podrán movilizarse las 24 horas:

Personas que pueden movilizarse durante horario de aislamiento social obligatorio:

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