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SBN: Invasores son desalojados y recuperan más de 2 millones de m2 de terrenos del Estado

Las diligencias se realizaron con apoyo de la Policía Nacional. Los terrenos se recuperaron de manera pacífica y los invasores no pusieron resistencia en el desalojo.
Las diligencias se realizaron con apoyo de la Policía Nacional. Los terrenos se recuperaron de manera pacífica y los invasores no pusieron resistencia en el desalojo (Foto: SBS)

La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) a través de la Procuraduría Pública, informaron que se recuperó un total de 2,640,876.90 metros cuadrados (m2) de terrenos del Estado ubicados en tres regiones del país, esto durante el primer trimestre del 2021.

Las áreas recuperadas se encuentran distribuidas en 7 predios, tres de ellos en el distrito de Marcona, ubicada en la provincia de Nazca (Ica), obteniendo la mayor extensión con un área de 2 430 885.13 m2. Por el norte del país, en el distrito de Los Órganos, provincia de Talara (Piura), se recuperó un área de 4 390.70 m2.

Mientras que, en la localidad de Chimbote, provincia del Santa (Áncash), se rescató un predio de 774.06 m2 y finalmente, en el distrito limeño de Ancón, se recuperó un área de 204 827.01 m2.

Durante estas diligencias se hallaron módulos precarios de vivienda, palos, cercos de alambres y púas, los cuales fueron removidos del lugar. Con ayuda de la Policías Nacional del Perú (PNP), se recuperó los terrenos de manera pacífica sin mediar resistencia con los invasores.

Ley 30230

Las recuperaciones extrajudiciales que realiza la SBN se ejecutaron de acuerdo a los artículos 65 y 66 de la Ley 30230, la cual señala que el Estado puede ejecutar acciones legales inmediatas para cautelar el patrimonio nacional y así frenar las invasiones y la venta informal de terrenos.

“Las entidades del Gobierno nacional, regionales o locales, a través de sus Procuradurías Públicas o quienes hagan sus veces, deben repeler todo tipo de invasiones u ocupaciones ilegales que se realicen en los predios bajo su competencia, administración o de su propiedad, inscritos o no en el Registro de Predios o en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales - SINABIP; y recuperar extrajudicialmente el predio”, indica el articulo 65 de la referida ley.

Además, según el Código Penal vigente, los delitos por usurpación y tráfico ilícito de terrenos estatales son sancionados con 5 a 12 años de pena privativa de la libertad.

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