Tras la publicación del Decreto Supremo N° 151-2022-PCM, se ha confirmado que el próximo viernes 28 de abril será considerado como día no laborable en todo el país para los trabajadores del sector público con la finalidad de promover el turismo. Se trata de una medida que busca otorgar descanso de manera obligatoria, con la finalidad de que las horas que se dejaron de trabajar deben ser recuperadas en otra fecha.
Al declararse día no laborable el viernes 28, sumado al sábado 29, el domingo 30 de abril y el lunes 1 de mayo (Día del Trabajo), se crea un fin de semana largo propicio para hacer turismo.
El viernes 28 de abril se une a los otros cinco días que no son laborales durante el 2023: viernes 30 de junio, jueves 27 de julio, lunes 9 de octubre, jueves 7 de diciembre y martes 26 de diciembre.
En el caso del sector privado, el acogimiento a esos días no laborables es voluntario y corresponderá al empleador y los trabajadores fijar de común acuerdo la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar.
Finalmente, a diferencia de los días feriados, los trabajadores que laboren durante un día no laborable -como este 28 de abril- no recibirán una triple remuneración (correspondiente al feriado, trabajo realizado y una sobretasa del 100%).
A continuación te dejamos el listado de días no laborables que habrá en el año. De la misma manera, te presentamos la lista completa de feriados oficiales que aplicarán para el sector público y privado.
Lunes 1 de mayo: Día Internacional de los Trabajadores (Día del Trabajo).
Jueves 29 de junio: San Pedro y San Pablo.
Viernes 28 de julio: fiestas patrias.
Sábado 29 de julio: fiestas patrias.
Domingo 6 de agosto: batalla de Junín.
Miércoles 30 de agosto: santa Rosa de Lima.
Domingo 8 de octubre: Combate Naval de Angamos.
Miércoles 1 de noviembre: Día de todos los Santos.
Viernes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
Sábado 9 de diciembre: batalla de Ayacucho.
Lunes 25 de diciembre: Navidad.
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